Cómo justificar un desplazamiento con restricciones de movilidad

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¿Se puede recurrir una denuncia por incumplir las restricciones a la movilidad?

La respuesta es sí. Todas estas sanciones se pueden recurrir al igual que las de tráfico. Así, si nos paran cuando nos dirigimos al trabajo y no llevamos justificante y el agente impone una sanción, se podrá aportar en las alegaciones. De la misma forma, se puede acreditar cualquier desplazamiento justificado (por ejemplo, la ayuda a personas impedidas, el cuidado de mayores, una cita en centros sanitarios, acudir a entidades financieras o aseguradora… ), quedando claro que lo que aleguemos siempre va a necesitar justificación documental.

Una vez notificada la denuncia dispondremos, con carácter general, de 20 días para alegaciones (esto aparece consignado en el boletín que nos remitan), plazo en el que podremos justificar los motivos del incumplimiento. En caso de que desestimen las alegaciones, podemos interponer un recurso administrativo ante la autoridad sancionadora. O acudir directamente a la vía jurisdiccional mediante demanda ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente por razón del territorio.

Qué documentos justifican un desplazamiento

En las áreas con restricciones de movilidad, los desplazamientos están permitidos únicamente para realizar actividades esenciales como ir a trabajar, a estudiar o a una serie de citas inaplazables. Por eso, todos los desplazamientos deben justificarse, no solo verbalmente, sino que los agentes reclamarán documentación con la que acreditarlos. Pero, ¿sabes qué documentos necesitas? Veamos…

1. Asistencia a centros sanitarios

La nueva normativa permite acudir a urgencias en los centros hospitalarios de los municipios con movilidad restringida. Aunque no existe ningún documento reglado cuando se acude por una urgencia médica más que la comprensión del agente, siempre se puede solicitar en el centro para que, en caso de ser sancionados de ida o vuelta del mismo, contar con el justificante para presentarlo en las alegaciones. La misma recomendación es aplicable si se acude a visitar a un familiar hospitalizado. En el caso de una cita previa en una consulta de especialista, basta con mostrar dicha comunicación del centro médico. 

2. Acudir al trabajo

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid presentó un certificado con el que justificar la entrada y salida de las zonas restringidas. Es un formulario tipo adaptable en el que se refleja el domicilio social de la empresa y el ámbito de trabajo del empleado, que refleja la información que debe recoger un documento de este tipo (dentro y fuera de Madrid). Puedes descargarlo en este enlace.

3. Asistencia a centros de estudio

Los alumnos deben solicitar en la administración de su centro de estudio un documento que acredite que está estudiando en el centro. El carné de adscripción al centro también sirve para justificar el desplazamiento ante los agentes.

4. Retorno al sitio de residencia habitual

Si las restricciones se han producido cuando una persona estaba fuera de su lugar de residencia habitual, esta puede regresar a ella presentando el DNIcertificado de empadronamiento (si es la dirección que aparece en esta documentación). 

5. Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o vulnerables.

Se debe presentar algún documento que acredite el grado de dependencia de un familiar. Además, los agentes pueden acompañar a la persona hasta el domicilio para verificarlo.

6. Acudir a entidades financieras y de seguros

Si se acude para realizar alguna operación inaplazable, se puede solicitar un justificante en el banco o compañía de seguros, que certifique el desplazamiento. 

7. Cita en órganos públicos, judiciales o notariales

En caso de tener una cita en un organismo público, judicial o notarial, la confirmación de la cita previa (impresa o en teléfono móvil) servirá para certificarlo. 

8. Renovación de permisos, documentación oficial y trámites administrativos inaplazables

Las administraciones públicas pueden emitir justificantes, así como enviar citas previas para certificar un desplazamiento.

9. Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables

En el caso de que se vaya a acudir a algún examen oficial, como el de conducir, tanto la propia autoescuela como la DGT pueden emitir documentos que prueben que en la fecha indicada se requiere a la persona que se desplaza.

10. Por causa de fuerza mayor o de necesidad

Sanidad incluye un último apartado para otros supuestos que no contempla la norma y requieran la movilidad de una persona, como el cuidado de animales o huertos urbanos. Aunque se admitió en algunos municipios, no fue unánime por lo que depende de la valoración de los agentes que estén haciendo el control. De todos modos, la sanción es recurrible. 

 

La denuncia por infracción administrativa 

Se trata de una sanción administrativa por lo que el procedimiento es similar al de una sanción de tráfico, por lo que pueden recurrirse de igual manera. Aunque la casuística es amplia, lo primero en lo que debemos fijarnos es en la tipificación de la denuncia.

Volviendo al ejemplo de tráfico, en la notificación que nos remitan debe constar claramente el precepto infringido, sin que quepan descripciones imprecisas y/o “imaginativas” del tipo de  “desobediencia al estado de alarma”, que analizamos en un anterior post del blog, o similares. Es decir deberá aparecer una somera descripción de los hechos y el precepto aplicado. Por ejemplo,  “encontrarse conduciendo el coche el día X a las Y horas, estando ello prohibido por el artículo Z del Real Decreto 463/2020”.

 

Y tú, ¿tienes alguna duda? ¿Has recibido una denuncia por incumplir las restricciones a la movilidad en el coche y no sabes qué debes hacer? Cuéntanoslo en los Comentarios.

 

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10 comentarios en “Cómo justificar un desplazamiento con restricciones de movilidad”

  1. Necesito salir de Madrid por asuntos familiares a Barcelona y no llego el certificado desplazamiento que sansion sería .

    1. Hola Carolina:
      Antes de nada, si el motivo de tu desplazamiento está justificado, con acreditarlo de la forma que se ajuste a las circunstancias de tu desplazamiento (que se detalla en el post), no supondría una multa, o si a pesar de todo te la imponen, es más fácil recurrirla tras ser sancionado. En tu caso dices que es por causas familiares por lo que antes de exponerte a una sanción, piensa en el tipo de documentación que podría ayudarte a justificar ese desplazamiento: por ejemplo, si vas a cuidar a personas dependientes, podría servir un documento de algún familiar, un informe médico…
      De todos modos, nos preguntas por la cuantía de la sanción, por lo que te damos respuesta. La LGSP en su artículo 58 establece que por un “incumplimiento de la normativa sanitaria vigente”, supondría una multa leve de hasta 3.000 euros. No obstante, los agentes policiales también podrían multar en base a una circular interna (del 14/04/2020) del Ministerio del Interior que contempla sanciones desde 601 euros por “desplazamiento no autorizado sin circunstancias concurrentes”.
      Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!

  2. Me he desplazado a otra comunidad con un motivo justificado. ¿Me puedo quedar en la misma más tiempo? ¿Me puedo mover dentro de la zona no restringida? ¿En caso de pararme, necesito justificar el desplazamiento de cuando vine?

    1. Hola Carmen!
      Si el motivo justificado por el que te has desplazado a otra comunidad es aplicable o justifica también tu permanencia en esa comunidad, no tendrás ningún problema. En todo caso, siempre es importante que cuentes con el justificante que acredite dicho desplazamiento para evitar una sanción en caso de ser requerido por los agentes de la autoridad. No concretas cuál es la causa de tu desplazamiento, pero si se corresponde a una de las detalladas en el post y cuentas con la documentación necesaria para demostrarlo, no deberás tener problema.
      Si quieres concretar más, indícanos en un nuevo comentario cuál es el motivo del desplazamiento y en qué comunidad te encuentras, para que podamos analizar tu caso concreto y la situación actual de la comunidad para darte una respuesta más exacta a tu caso.

      Muchas gracias. Un saludo y feliz día!

  3. Hola mi pregunta es si con un justificante de cita del taller puedo salir de Albacete para llevar mi autocaravana a Alcalá se Henares donde la compré. Tengo que pasar l revisión anual que cumplió el pasado diciembre a finales y me han dado cita para ael próximo 16 de este mes. Es he pedido al taller un justificante. Pero ¿Me servirá?

    1. Hola Alejandro!
      Antes de nada, hemos de destacar que está permitido desplazarse entre zonas confinadas con el objetivo de reparar cualquier avería mecánica imprescindible para preservar la seguridad del vehículo durante la circulación.
      La clave está en acreditarlo, para lo que necesitas contar con un certificado de desplazamiento que corresponda con la orden 1273/2020, de 1 de Octubre.
      Para asegurarte de que el certificado es válido recuerda al taller que el certificado de desplazamiento tiene que estar a tu nombre y debe señalar la fecha concreta de la cita. También, ha de ser expedido por el taller mecánico y certificado con una firma y sello oficial del mismo. Si, además, señala la importancia de acudir a la cita para garantizar la seguridad del vehículo y/o reparar una avería, te asegurarás de justificar de forma solvente el desplazamiento en caso de ser requerido por los agentes de la autoridad.
      Esperamos haberte ayudado. Para lo que necesites por aquí seguimos…

      Feliz tarde!

  4. Hola soy Mary vivo en Valencia y necesito ir Murcia donde se encuentra mi esposo x motivo de trabajo como puedo justificar el viaje

    1. Hola Mary!
      A día de hoy 8 de febrero de 2021 la prohibición de entrar y salir de la Comunidad Valenciana sin causa justificada sigue vigente. Por lo tanto, solo es posible realizar un desplazamiento fuera de la comunidad por motivos laborales, de estudios, por causa mayor, para cuidar a dependientes o para regresar al domicilio en el que estás empadronada. Si tu desplazamiento es por una causa de fuerza mayor como las que se detallan en el post, deberás justificarlo acreditando el documento correspondiente (un certificado del trabajo si es por motivos laborales, un justificante en caso de acudir al médico…).
      Sin embargo, si tu desplazamiento no es por una de las 10 causas detalladas en el post, no podrás justificarlo si un agente de la autoridad te para y, por lo tanto, exponerte a una sanción por incumplir las restricciones de movilidad.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  5. Hola buenas, yo tengo una duda y estoy hecho un lio.
    Tengo que desplazarme el sabado desde Cubas de la Sagra (al sur de Madrid) a Motilla de Aragon (Guadalajara) por la compra de un coche entre particulares, voy a llevar mi coche viejo y darlo como parte del pago, entonces lo mas que he podido averiguar es que en caso de que me parase la guardia civil solo basta con presentar el contrato de compraventa relleno con los datos del comprador y los del vendedor con los correspondientes DNI.
    Alguien sabria decirme si con esta documentacion me valdria..??

    1. Hola José Luis:
      El confinamiento perimetral impide entrar o salir de la zona confinada excepto por causas justificadas. Las excepciones por las que se permite desplazarse son ir al centro de salud, trabajo, centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos públicos. También se puede salir para renovaciones de permisos y documentación oficial, trámites administrativos inaplazables, realización exámenes o pruebas oficiales y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, e incluso en cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
      Ten en cuenta que, entre las excepciones se incluye la de desplazarse por motivos por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Debe de tratarse de una causa justificable, y que las fuerzas de seguridad que realizan controles de acceso o salida de un área confinada, entiendan que es de fuerza mayor o necesidad. Aunque tu caso de compraventa de vehículos entre particulares puede entenderse que esté incluido entre estas excepciones, te recomendamos que realices una llamada a las fuerzas de seguridad (Guardia Civil o policía) para asegurarte y confirmar, además, que la documentación que señalas bastaría para justificar el desplazamiento.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

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