#Coronavirus: “¿Puedo llevar en coche a alguien a la farmacia? ¿Y al trabajo?”

72 comentarios hasta ahora

¿Puedo llevar en coche a mi vecino a la farmacia? ¿Y a mi compañero al trabajo? ¿Y a mis padres al hospital? ¿O con los niños a comprar comida? ¿Y a mi pareja para acompañarla a una revisión médica? ¿Cuántas personas pueden ir en el coche? ¿Puedo llevar a alguien en el asiento del copiloto? ¿Debo llevar mascarilla en el coche siempre? ¿Y en el caso de un taxi o VTC, cuántas personas podemos ir y cómo?

Antes de entrar en detalles, la norma establece que solo una persona (el conductor)  sea quien viaje en el vehículo siempre. Pero, como toda norma tiene excepción, en este caso no iba a ser menos. En primer lugar, existen una serie de excepciones a la obligación de permanecer en casa. Por eso, algunas de las razones justificadas para poder salir de casa son las siguientes:

  • Comprar alimentos o artículos de primera necesidad
  • Acudir a la farmacia
  • Asistir a centros sanitarios
  • Ir a trabajar
  • Regresar a la residencia habitual
  • Asistir o cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o vulnerables
  • Acudir a entidades financieras
  • En caso de fuerza mayor, situación de necesidad u otra actividad debidamente justificada.

El Real Decreto establece algunas excepciones para que se traslade más de una persona en un mismo vehículo, que son:

  • Cuando se acompañe a menores, personas mayores o con discapacidad
  • Causas de fuerza mayor, situación de necesidad debidamente justificada.

Por lo tanto, siempre que la razón esté justificada, se puede transportar a una segunda persona en el coche, teniendo en cuenta las medidas de seguridad necesarias.

¿Cuántas personas pueden ir en el mismo coche ahora, en la fase 0 hasta el 11 de mayo?

ACTUALIZACIÓN: Actualizamos la información a fecha 8 de mayo de 2020, de las novedades que incorporarán en la Fase 1 de la desescalada:

Una de las novedades más importantes durante la actual fase 0 de la desescalada tiene que ver con la ocupación de los vehículos. Inicialmente, solo se podía circular de forma individual, salvo alguna excepción muy justificada. Posteriormente, el Gobierno, como señala la agencia Europa Press, permitía que viajaran en el mismo coche dos personas, siempre que lo hicieran uno en cada fila y respetando la distancia social.

Sin embargo, con la fase 0 de la desescalada han llegado más modificaciones importantes:

  • Ahora se permite viajar a todas las personas que conviven en el mismo vehículo (sin la obligación de usar mascarilla o mantener la distancia de seguridad).
  • En el caso de personas que no conviven juntas, pueden ir 2 personas por fila de asientos (con la obligación de usar mascarilla y manteniendo la distancia de seguridad).
¿En un turismo particular de cinco plazas cuántas personas podemos circular?

En un turismo particular de cinco plazas podrían ir hasta cuatro ocupantes. Dos en los asientos delanteros (el conductor + un copiloto que sí puede ocupar el asiento del copiloto) y dos personas en los traseros, todos con mascarilla y tratando de mantener la máxima distancia posible entre ellos.

¿Puedo llevar o ir con mi compañero de trabajo en coche a trabajar?

En principio, siempre que se acredite que ese traslado se realiza por motivo laboral, no hay problema. Eso sí: los ocupantes deben llevar encima la documentación de la empresa donde se demuestre que se dirigen al trabajo

¿Puedo llevar a mi abuelo al banco si no tiene carné?

Si viven juntos, las fuerzas de seguridad del Estado permiten los traslados de ambos en el mismo vehículo siempre que se realice una gestión de necesidad. En el caso de una gestión bancaria, sí está contemplada en el Real Decreto por lo que para acreditarlo se deberá portar la documentación (cartilla, carta del banco… ) que justifique ese desplazamiento como necesario. Nuestra recomendación pasa por procurar hacer este tipo de gestiones de forma no presencial. Más todavía en caso de personas de alto riesgo de contagio, como pueden ser los abuelos.

¿Puedo llevar a mi mujer a la farmacia si ella no conduce?

La recomendación pasa por realizar los desplazamientos de forma individual pero en este caso, si se acredita que el desplazamiento es imprescindible no habría problema. Para ello, se debe llevar a mano la receta médica a recoger en la farmacia o el documento que acredite que esa visita es necesaria.

¿Puedo llevar a mi madre a una consulta médica?

Se entiende que, en el caso de citas médicas, sí son gestiones necesarias por lo que se entiende que, si necesita ayuda o un acompañante para acudir al médico, pueda compartir el mismo vehículo. También se debe llevar a mano la documentación que acredite la visita o cita médica. Y, por supuesto, mascarilla siempre.

¿Puedo llevar a un niño, un mayor, un discapacitado, una persona impedida… en el coche?

Siempre que sea por una de las razones que permite el Real Decreto para realizar desplazamientos (comprar comida, acudir a la farmacia, ir a una cita médica…), acompañar a alguien que se encuentra en este segmento de población que sí requiere de acompañantes, está permitido y, por lo tanto, no es sancionable siempre que se justifique que el desplazamiento sí es necesario.

¿Puedo ir a comprar con mi hijo? Es un niño…

Un añadido al Real Decreto del 14 de marzo indica que los adultos que salen de sus domicilios por alguna de las razones amparadas en los casos de necesidad pueden ir acompañados de sus hijos (menores de edad).

¿Y en los taxis o VTC? ¿Cuántas personas podemos viajar?

En los taxis y VTC pueden viajar hasta dos personas en cada fila de asientos (siempre con mascarillas y manteniendo la máxima distancia que sea posible), aunque solo podrá viajar delante la persona que va al volante. No se puede ocupar el asiento del copiloto.

¿Y si tengo un vehículo con una única fila de asientos? ¿A cuántas personas puedo llevar?

En los vehículos en los que, por sus características técnicas, se disponga de una única fila de asientos (como ocurre en las cabinas de vehículos pesados, furgonetas…) podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, solo podrá viajar el conductor.

¿Cuándo tengo que llevar mascarilla en el coche? ¿Siempre o solo cuando voy con personas con las que no convivo?

Cuando se viaja con personas con las que se convive o existe un contacto físico estrecho habitual, no es obligatorio el uso de la mascarilla según ha aclarado la DGT. Por lo tanto, únicamente es obligatoria cuando se viaja con personas con las que no se convive o no existe ese contacto.

 

Y tú, ¿tienes alguna duda? Puedes consultar las principales preguntas y respuestas de la Fase 0 aquí. O las dudas y respuestas de la Fase 1 haciendo clic en este enlace.

 ¿Necesitas que alguien te lleve en su coche a realizar alguna gestión y no sabes si pueden sancionaros?  ¿Alguien te pide que le traslades en tu coche y desconoces si puedes hacerlo sin problemas? Escríbenos a través de los comentarios. Y te daremos respuesta. Siempre.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

72 comentarios en “#Coronavirus: “¿Puedo llevar en coche a alguien a la farmacia? ¿Y al trabajo?””

  1. Soy separada no tengo vehículo propio pero mi pareja actual si, podria el llevarnos a Madrid para dejar a mi hija con su padre y volver después a por ella? Ya que vivimos fuera de la comunidad de madrid. Gracias un saludo.

    1. Hola Violeta:
      En efecto, esta situación de padres separados que han de trasladarse a recoger a sus hijos se entiende como una de las “actividades suficientemente justificadas”, que recoge el artículo 7 del decreto ley como causa justificada para realizar un desplazamiento a otra comunidad autónoma.
      Es recomendable que llevéis una copia del convenio regulador o la sentencia de divorcio, ya que son documentos que sirven como justificante para desplazarte a otra comunidad a dejar o recoger a tu hijo si es requerido por los agentes de la autoridad.
      Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!

  2. Mi marido y yo vivimos en Asturias.Él tiene que trasladarse a Leøn desde abril hasta junio por motivos de trabajo.Yo soy ama de casa. ¿Puedo acompañarlo a León para convivir esos meses?.Muchas gracias y un saludo

    1. Hola María:
      No señalas qué día deberá hacer el traslado por lo que te indicamos qué hacer en el caso más restrictivo: la situación de confinamiento.
      En el caso de tu marido, al tratarse de un traslado por trabajo, está permitido ya que es uno de los supuestos permitidos. Es importante que lleve consigo un documento que acredite que el desplazamiento se hace por trabajo para que, en caso de existir restricciones de movilidad, pueda justificar ese traslado.
      Con respecto a tu consulta, que preguntas si puedes acompañarle para convivir esos meses, la recomendación pasa por hablar con la policía para que te aconsejen qué tipo de documento podrías aportar en caso de poder hacer tu desplazamiento, aunque la fórmula más sencilla de realizar ese traslado sería hacer ese traslado cuando no existan restricciones de movilidad.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  3. Hola llevo muy poco tiempo en un trabajo y necesito que me lleven en coche hasta allí ya que tiene muy mala combinación con mi zona de residencia,estamos confinados desde el lunes.
    Puede llevarme mi pareja (conviviente)a trabajar?

    1. Hola Aitana!
      La recomendación pasa por utilizar el transporte público o que seas tú quien coja el coche para acudir al trabajo. Sin embargo, si no cuentas con transporte público hasta el trabajo y no tienes permiso de conducir, en efecto podría llevarte tu pareja al trabajo en coche. Para ello, debéis llevar a mano el certificado de trabajo que justifique ese desplazamiento no solo cuando vais juntos hasta tu lugar de trabajo sino también cuando tu pareja haga los viajes de vuelta tras dejarte en el trabajo. Además, si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI, no tendríais ningún problema en demostrar que el desplazamiento lo realizáis a tu trabajo y que sois convivientes para evitar enfrentaros a cualquier tipo de sanción.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo!

  4. Puedo yevar a mi mujer al trabajo y a recogerla del travajo si solo tenemos un solo vehículo y ella es del pueblo de alado y vivimos juntos en la misma casa

    1. Hola Miguel Ángel!
      Si la zona en la que vivís y a la que debéis dirigiros no tiene ningún tipo de cierre perimetral o confinamiento, a día de hoy, 11 de noviembre, podrías llevarla en coche sin ningún problema. Si no es así, por favor indica en un nuevo comentario en qué zona vivís y a cuál os desplazáis para ver el tipo de cierre que aplica para ofrecerte una respuesta más concreta.
      Muchas gracias!

  5. Hola! Puedo llevar en mi coche a un amigo a una cita que tiene en el hospital , es de un pueblo a otro unos 20 kilómetros.

    1. Buenos días, Miguel:
      ¿El hospital, el puelo donde vive tu amigo o el área donde tú vives tiene algún cierre perimetral? Si no lo tienen, a día de hoy, 11 de noviembre, podrías llevarle en coche sin ningún problema. Si no es así, por favor indica en un nuevo comentario dónde está el hospital, dónde el pueblo de tu amigo y dónde vives tú para darte una respuesta más concreta.
      Muchas gracias!

    1. Hola Pablo!
      Si la zona en la que vivís y a la que debéis dirigiros no tiene ningún tipo de cierre perimetral o confinamiento, a día de hoy, 10 de noviembre, podrías acompañarla sin ningún problema. Si no es así, por favor indica en un nuevo comentario en qué zona vivís para ofrecerte una respuesta más concreta.
      Muchas gracias!

  6. Si nos vuelven a confinar ¿puede llevarme mi marido al médico a otro pueblo en coche? yo tengo carnet de conducir pero nunca he conducido y no podría ir sola.

    1. Hola Marga!
      Ante la posibilidad de un nuevo confinamiento, acudir a un centro médico es una de las excepciones que contempla el Real Decreto para poder salir de casa. Pero es únicamente aplicable a la persona que debe acudir a esa cita médica, que será la que pueda justificar ese desplazamiento sin enfrentarse a una sanción. Para ello, por supuesto, deberá llevar el justificante que acredite que ese desplazamiento lo hace para dirigirse a un centro médico.
      Si no existe la posibilidad de trasladarte en transporte público o taxi, puede estar más que justificado (por la gravedad o vuestras circunstancias particulares), si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI y llevas un certificado del centro que acredite que os dirigís a una cita médica debería ser suficiente si os lo requiere un agente. Aunque, como te decimos, si no está justificado, no se contempla en el real decreto de alarma y, por lo tanto, un agente de la autoridad sería quien podría valorar si sería o no sancionable.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo

    1. Hola Susana:
      A día de 29 de octubre, sí podrías llevarlo puesto que el nuevo estado de alarma (actualmente, insistimos) no obliga a quedarse en casa, sino que se permite salir y desplazarse libremente. No indicas dónde vivís y si el área de trabajo pertenece a otro municipio, pero si estáis en un ámbito territorial confinado o lo está el lugar de trabajo de tu marido, recordad llevar a mano en los desplazamientos el salvaconducto laboral de tu marido. Así podréis acreditar que os dirigís a su trabajo y tú deberás mantener ese salvaconducto en el coche para justificar también tus desplazamientos de regreso cuando vayas sola a buscarle o vuelvas de dejarle.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  7. Tengo una prueba medica en Madrid para entrar a un nuevo trabajo me van a entregar justificante el problema es en Madrid y vivo en Segovia , no se conducir puede llevarme mi marido ?

    1. Hola Susana:
      Si tu pareja tiene el carnet caducado, tú podrías llevarle en coche puesto que acudir a centros sanitarios o al trabajo son supuestos que se recogen en el BOE para realizar desplazamientos durante el estado de alarma. Para ello, debéis llevar a mano el certificado de trabajo que justifique ese desplazamiento. Si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI, no tendríais ningún problema, por lo que os recomendamos llevarlo a mano para que, en caso de ser parados por un agente de la autoridad podáis justificar ese desplazamiento en coche sin riesgo a exponeros a una sanción. Recuerda, además, llevar ese salvoconducto también a mano en los desplazamientos en los que viajas sola para recogerle y tu pareja no vaya en el coche (cuando regreses a casa tras dejarle en el trabajo o cuando te dirijas a recogerle) para justificar esos desplazamientos sin problema.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo!

  8. Podré llevar a mi mujer al trabajo. Vivo en Humanes de Madrid. Mi mujer, no tiene carnet de conducir, trabaja en un hospital en Mirasierra (Madrid)
    Gracias y saludos.
    Javier

    1. Hola Javier!
      Si tu mujer no cuenta con transporte público hasta el trabajo, al no tener permiso de conducir, en efecto podrías llevarla al trabajo en coche. Para ello, debéis llevar a mano el certificado de trabajo que justifique esos desplazamientos no solo cuando vais juntos hasta su lugar de trabajo sino también cuando tú debes hacer los viajes solo de vuelta tras dejarla en el hospital. Además, si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI, no tendríais ningún problema.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo!

  9. Hola buenas tardes quisiera saber si mi marido puede llevarme en coche al trabajo que es un centro de salud , ya que no cuento con permiso de conducir, es de sabadell a barcelona y tenemos una niña que tendría que viajar con nosotros porque no tenemos con quien dejarla. Sería posible viajar con ella si fuese el caso?

    1. Hola Fiorella!
      Si no cuentas con transporte público hasta el trabajo, al no tener permiso de conducir, en efecto tu marido podría llevarte al trabajo en coche. Para ello, debéis llevar a mano el certificado de trabajo que justifique esos desplazamientos no solo cuando él te lleva hasta tu lugar de trabajo sino también cuando él ha de hacer los viajes solo de vuelta de dejarte a ti. Además, si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI, no tendríais ningún problema. Por supuesto, la niña podría ir en esos viajes al depender de vosotros si no tenéis nadie con quien dejarla.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo!

  10. Mi pareja tiene que ir a una cita médica a Madrid …puedo ir yo con él en el coche.Vivimos en Salamanca la cita es el 27 se supone que estaremos ya en fase 1

    1. Hola María José!
      Ten en cuenta que, independientemente de la fase, acudir a un centro médico es una de las excepciones que contempla el Real Decreto para poder salir de casa. Pero es únicamente aplicable a la persona que debe acudir a esa cita médica, que será la que pueda justificar ese desplazamiento sin enfrentarse a una sanción. Para ello, por supuesto, deberá llevar el justificante que acredite que ese desplazamiento lo hace para dirigirse a un centro médico.
      En el caso de que la cita médica incluya cierta gravedad porque requiera de la realización de pruebas, por ejemplo, que puedan obstaculizar o suponer un riesgo para la seguridad de tu pareja, quizá lo más recomendable sería optar por utilizar los servicios de un taxi o VTC.
      Si en último caso tu acompañamiento puede estar más que justificado (por la gravedad o circunstancias particulares de tu pareja), si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI y él lleva un certificado del hospital que acredite que se dirige a una cita médica debería ser suficiente si os lo requiere un agente. Aunque, como te decimos, si no está justificado, no se contempla en el real decreto de alarma y, por lo tanto, un agente de la autoridad sería quien podría valorar si sería o no sancionable.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo

  11. Hola!! quería preguntar si un vecino de mis padres en la misma barriada donde vivo nos pide llevarlo a unas pruebas médicas puedo llevarlo a dichas pruebas. Y si necesito llevar algún papel gracias

    1. ¡Hola Maite!
      Si vuestro vecino es una persona que necesita la asistencia de otra persona (en este caso tú), sí podrías llevarle a realizar las pruebas médicas. En ese caso, bastaría con llevar a mano el justificante que acredite que ese desplazamiento se realiza para acudir a un centro médico.
      Sin embargo, si vuestro vecino es una persona autónoma y no necesitada de asistencia lo recomendable es que llame a un taxi o un servicio de VTC. Deberá portar el justificante o documentación que acredite que va a un centro médico a hacer unas pruebas para que, en caso de ser requerido por un agente de la autoridad, pueda justificar ese desplazamiento y evitar cualquier posible sanción.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  12. Puedo llevar y recoger a mi esposa en coche del trabajo en una residencia de mayores en sarria y vivimos en el clot

    1. Hola Luis:
      Se te ha cortado el mensaje, por lo que si lo que ibas a añadir es relevante, por favor, escríbenos un nuevo comentario.
      Mientras tanto, te diremos que acudir al trabajo es una de las excepciones que recoge el BOE para realizar desplazamientos durante el confinamiento, por lo que tu mujer sí puede realizarlos sin ninguna duda. La recomendación es que sea ella quien pueda llevar el coche para realizar esos desplazamientos, siempre con el certificado de trabajo a mano por si se lo requiere un agente de la autoridad.
      Si desde vuestro domicilio no hay transporte público y ella no tiene carné de conducir, tú sí podrías llevarla y recogerla. En este caso, recuerda que tú harás desplazamientos en los que tú vas solo (cuando la dejas en la residencia o cuando vas a recogerla) por lo que que debes llevar a mano el certificado laboral de tu pareja y la copia de tu DNI para demostrar que el domicilio coincide y que estás realizando un desplazamiento para llevar a tu mujer a trabajar. De esa forma evitarías cualquier tipo de sanción.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo!

  13. Hola,
    Tenia la duda de si mi pareja que vive en otro municipio de la misma provincia me puede llevar al hospital, ya que me tienen que hacer una prueba con contraste y me suele provocar mareos y en mi casa el único con carnet de conducir soy yo.

    Gracias

    1. Hola Alejandro!
      Acudir a una consulta médica es uno de los supuestos contemplados en el Real Decreto para realizar un desplazamiento por lo que, en efecto, podría llevarte tu pareja al hospital a hacer esa prueba médica. Recuerda llevar a mano un certificado hospitalario que justifique ese desplazamiento para que, en caso de ser requerido por un agente de la autoridad puedas presentarlo. También recuerda que, al realizar un desplazamiento en coche con alguien con quien no convives debes llevar mascarilla aunque podéis viajar en la misma fila de asientos.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  14. Puede llevar a mi mujer al trabajo que está en barcelona, en nuestro vehículo particular ? Ya que vivimos en la periferia de barcelona (cornellá)

    1. Hola Miguel!
      Acudir al trabajo es uno de los supuestos que sí están recogidos en el Real Decreto para realizar un desplazamiento. Sin embargo, si ese desplazamiento se efectúa para que solo ella vaya al trabajo la recomendación sería que sea ella quien lleva el coche para evitar cualquier malentendido. Si no tiene carné de conducir, sí podrías justificar que tú la llevas sin riesgo a ser sancionado.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  15. Hola. Mí esposo y yo tenemos una distribuidora de pollo y huevos y debemos movilizarnos a la plaza de mercado, tenemos carné de nuestro negocio, podemos movilizarnos los dos en la moto? O solo una persona?

    1. Hola Adriana:
      En efecto, ya podéis ir en la moto. Tal y como se incluye en el BOE, ahora pueden viajar 2personas en moto siempre que cumplan una de las siguientes condiciones: o lleven casco integral con visera o utilicen mascarilla o vivan juntas en la misma casa.
      Eso sí: el que vaya de pasajero, deberá llevar obligatoriamente guantes. Y, por supuesto, llevad siempre el justificante que acredite que esos desplazamientos los hacéis a vuestro trabajo si es requerido por un agente de la autoridad.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  16. Buenas tardes , yo quisiera saber si puedo llevar a mi hija en coche a su trabajo que esta en otra provincia . Ella tiene carnet de conducir pero su coche está en la provincia donde trabaja . Ella se quedaría allí y yo regresaría a mi domicilio y si puedo tener problemas para regresar . Gracias

  17. puedo llevar a 2 amigos en mi coche a una terraza en la provincia en fase 1 o puedo i a su casa a recogerlos en mi coche para traerlos de visita a mi casa, ahora que se permiten reuniones ?

    1. Hola Irecesu:
      Para evitar cualquier malentendido, quizá la recomendación más sencilla sería la de dejar el coche a tu pareja para que sea ella quien realice esos desplazamientos. Pero, si no es posible, si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI y ella lleva un certificado del hospital que acredite que se dirige a su trabajo debería ser suficiente. En este caso, para esos desplazamientos en los que tú vas solo (cuando la dejas en el hospital o cuando vas a recogerla) con que lleves a mano el certificado laboral de tu pareja y la copia de tu DNI para ver que el domicilio coincide sería suficiente. Si, además, tenéis certificado de pareja de hecho, sería perfecto.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  18. Buenas tardes.
    A mi pareja que es sanitaria se le ha estropeado el coche y mañana tiene que ir trabajar, vivimos en un pueblo a 35 quilómetros del Hospital donde trabaja que esta en Barcelona.
    Mi consulta es si yo podría llevarla con mi coche, e irla a buscar cada día hasta que tenga el coche arreglado. Y en el caso afirmativo que precauciones de seguridad debemos mantener, y si yo tendría que llevar algún tipo de justificante en los dos viajes que ella no va a ir conmigo en el caso de que me pare la policia. Ella tiene el justificante del trabajo, no sé si yo lo debería de llevar cuando vaya solo.

    Muchas gracias.

    1. Hola Ricard:
      Para evitar cualquier malentendido, quizá la recomendación más sencilla sería la de dejar el coche a tu pareja para que sea ella quien realice esos desplazamientos. Pero, si no es posible, si ambos tenéis el domicilio actualizado en el DNI y ella lleva un certificado del hospital que acredite que se dirige a su trabajo debería ser suficiente. En este caso, para esos desplazamientos en los que tú vas solo (cuando la dejas en el hospital o cuando vas a recogerla) con que lleves a mano el certificado laboral de tu pareja y la copia de tu DNI para ver que el domicilio coincide sería suficiente. Si, además, tenéis certificado de pareja de hecho, sería perfecto.
      En último caso, en caso de sancíón ante la duda del agente de la autoridad con el certificado del hospital de tu pareja y el justificante del taller para su reparación tendrías garantizada la anulación de la multa.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  19. Desde cuando me puedo desplazar en vehículo dentro de la misma provincia (Aragón) si no tengo causa justificada.
    Muchas gracias

    1. Hola José Manuel:
      Por el momento, a medida que se vayan superando las diferentes fases en la desescalada se van abriendo diferentes casos en los que puedes desplazarte, que son los que el Gobierno irá detallando a mediad que vayamos avanzando. Todos los desplazamientos que se realicen durante todas estas fases han de estar contemplados en el BOE como desplazamientos autorizados. Por lo tanto, para realizar desplazamientos libremente sin causa justificada deberemos esperar a que el Gobierno lo anuncie. Estaremos pendientes, así que permanece atento a nuestro Blog, porque os lo contaremos, también en nuestras redes sociales:
      https://www.facebook.com/DriveSmart.ES/
      https://twitter.com/DriveSmartES
      Un saludo!

  20. Buenos días!
    Mi compañero de trabajo tiene el coche averiado y desde su domicilio no se dispone de transporte público para llegar al centro de trabajo dentro de su horario. Ambos disponemos de justificación de la empresa para desplazarnos al centro de trabajo, pero vivimos en localidades distintas.
    Podría recogerlo para acudir juntos?
    El desplazamiento conjunto lo justificamos con el papel de la empresa, pero ¿cómo se justifica el desplazamiento individual de ida y vuelta de su domicilio?
    Muchas gracias! Un saludo

  21. Buenos días!
    Mi compañero de trabajo tiene el vehículo averiado y desde su domicilio no dispone de transporte público hasta el centro de trabajo. ¿Podría recogerlo para acudir juntos al trabajo? Ambos disponemos de justificación de acudir a trabajar, pero vivimos en municipios distintos.
    ¿Cómo podríamos justificar el desplazamiento? El conjunto con la justificación de la empresa, pero ¿el individual hasta su domicilio?
    Muchas gracias

    1. Hola Elena:
      Complicada pregunta la tuya puesto que no la respuesta no está contemplada de forma explícita en el BOE. Desde la Fase 1 sí están permitidos los desplazamientos en coche a personas que van al trabajo por lo que por esa parte no habría ningún problema si estás en una provincia en la que arranca la Fase 1.
      En principio, no deberíais tener problema para justificar ese desplazamiento de un municipio al otro si no está de camino hacia el trabajo exponiendo la situación al agente de la autoridad que lo requiera y siempre que ambos aportéis el documento justificante de vuestro trabajo para acreditar que os desplazáis al trabajo y no podéis hacerlo en otro medio de transporte (si no existe transporte público) y tu compañero tiene el coche averiado (si se lo ha llevado la grúa o lo tiene en el taller, podría justificar esa situación con el parte de la grúa o un documento acreditativo del taller) para que el agente no tenga duda de que podáis estar incumpliendo el reglamento y evitar cualquier sanción.
      Esperamos haberte ayudado.

  22. Buenas, vivo en un pueblo. Y necesito ir a comprar comida. El pueblo más cercano, que tiene un pequeño supermercado, está a 30 kilómetros, me puede acompañar mi mujer en el vehículo? Gracias, saludos.

    1. Hola Pedro:
      Durante el estado de alarma se mantiene la obligación de permanecer en casa y únicamente se permiten desplazamientos para las excepciones que recoge el Real Decreto (comprar comida, ir a la farmacia,a un centro médico… incluso dar un paseo en el horario y durante el periodo horario permitido). Vaya eso por delante.
      Por lo tanto, sí puedes salir con el coche a comprar comida. Lo que no está justificado es que te acompañe tu mujer puesto que lo que señala el Real Decreto es la obligación de permanecer en casa, por lo que podríais enfrentaros a una sanción.
      Esperamos haberte ayudado.

  23. Hola , mañana tengo que ir al trabajo de mi marido pero aún no me han dado ningún justificante, ¿hay algún problema?

    1. Hola Amalia:
      Durante el estado de alarma se mantiene la obligación de permanecer en casa y únicamente se permiten desplazamientos para las excepciones que recoge el Real Decreto (como ir a trabajar, comprar comida, ir a la farmacia…). Si el desplazamiento se realiza para ir a trabajar siempre debes hacerlo con un justificante de la empresa que así lo acredite para que, en caso de ser requerido por algún agente de la autoridad, puedas justificar ese desplazamiento y evitar cualquier sanción.
      Si tu marido no tiene carné de conducir, podrías llevarle a trabajar, si es a lo que te refieres, puesto que es una de las situaciones que contempla el reglamento para los desplazamientos en coche.
      Esperamos haberte ayudado.

  24. Vivo en madrid y trabajo en Majadahonda me puede llevar mi padre o mi pareja al trabajo ya que vivo con ellos? Y luego podrían ir a recogerme?

    1. ¡Hola Nuria!
      Tu desplazamiento al trabajo está permitido puesto que es uno de los supuestos que se recogen en el Real Decreto en los que se pueden realizar desplazamientos. Sin embargo, para que el desplazamiento de tu padre o tu pareja también esté justificado, solo podrían llevarte al trabajo en la actual fase 0 si tú no tienes carné de conducir o eres una persona dependiente.
      En cualquiera de esos casos, en esos desplazamientos siempre debes llevar a mano el justificante de tu trabajo. Solo así podrás demostrar a los agentes de la autoridad que lo requieran, que ese desplazamiento está totalmente justificado y evitar cualquier sanción.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  25. Mi mujer tarabaja en una far.acia pero no tiene carnet de conducir ,la puedo llevar a trabajar? , ya qe de mi casa asta al puesto de trabajl no hay transporte publico

    1. Hola Ciprián!
      En efecto, si tu mujer no tiene carnet de conducir y no hay transporte público puedes llevarla en coche hasta su trabajo. Recuerda que lo que siempre debe llevar a mano es el justificante que acredite que se dirige a su lugar de trabajo para que, en caso de ser requerido por un agente de la autoridad, pueda justificar ese desplazamiento.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

    1. Hola Kike:
      Actualmente no se permiten los desplazamientos de más de una persona en motocicleta. En coche podrías llevarla siempre que ella no disponga de carnet de conducir. En ese caso, recuerda que siempre debe llevar a mano el justificante que acredite que acude a su puesto de trabajo para justificar el desplazamiento en caso de ser requerido por un agente de la autoridad.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  26. Buenas tardes. Tengo visita médica, debidamente justificada, en una provincia vecina. Puedo a la misma en mi coche? Y, en caso afirmativo, me puede acompañar mi esposa? Muchas gracias

    1. Hola Alfredo!
      Aunque el desplazamiento entre provincias no está permitido hasta que no finalice el periodo de transición hacia la nueva normalidad (después de la Fase 3), sí pueden realizarse desplazamientos por causas justificadas como trabajo presencial inevitable u otra causa de fuerza mayor y debidamente justificada. En tu caso, deberás llevar a mano la acreditación que justifique ese desplazamiento para acreditar ese traslado en caso de ser requerido por un agente de la autoridad.
      El acompañamiento de tu esposa debe estar totalmente justificado para poder hacerlo sin enfrentarte a una sanción, pero no está permitido en esta fase el acompañamiento si no responde a las excepciones que contempla el real decreto para viajar acompañado (niños, personas dependientes, si tú no tuvieras el carné de conducir….)
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  27. Buenas, mi pregunta es que ha mi novia la hacen ir al trabajo el lunes, ella tiene justificante, pero no ha cogido coche nunca, puedo llevarla al trabajo?, y recogerla a la salida?.
    Gracias..

    1. ¡Hola Manuel!
      Los desplazamientos autorizados (en su caso, ir a trabajar) deben realizarse de forma individual, salvo que se acompañe a personas dependientes o por otra causa justificada. Por lo tanto, podrías llevarla al trabajo si ella no tuviera carné de conducir.
      Ten en cuenta que los agentes tienen la potestad de valorar los casos que no figuran en la lista de excepciones, por lo que podrías enfrentarte a una sanción al no tener una causa justificada para que tú tengas que realizar ese desplazamiento.

  28. Hola puedo llevar a una persona que vive en mi casa al tren en mi coche yo estoy en mi segunda residencia confinado el se va a su residencia habitual. Un saludo

    1. Hola Sebastián:
      En principio, si esa persona no tiene carné de conducir o es dependiente (o incluso no hay opción de transporte público para llegar hasta la estación de tren) no deberíais tener problema. Eso sí: recordad llevar a mano el billete de tren que justifique, en caso de que así lo requiera un agente de la autoridad, que esa persona va a realizar un desplazamiento a su residencia habitual y necesita llegar al tren.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  29. Yo trabajo y tengo permiso de movilidad, pero no se manejar, mi hija me puede llevar al trabajo..

    1. Hola Alicia!
      Con la modificación introducida en el Real Decreto, sí se admite que en el mismo coche vayan el conductor y un acompañante, aunque «manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes», por lo que debéis ir sentadas en diagonal (tú, que eres la acompañante, deberás ocupar la posición detrás del asiento del copiloto).
      Eso sí: recuerda que en esos desplazamientos dentro del vehículo debes hacerlo tomando las medidas de seguridad necesarias y tú deberás llevar el justificante de trabajo para acreditar que ese desplazamiento está entre los autorizados.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

    1. Hola Dolores!
      La clave a tu pregunta está en ti y tu compañera: ¿ninguna de las dos tenéis carné de conducir o forma de acudir a él en transporte público? Si es así, sí estaría justificado que tu marido hiciera ese desplazamiento para llevaros a las dos al trabajo. En ese caso deberíais llevar a mano las dos el justificante del trabajo que acredite que acudís a vuestro puesto.

      Una de las novedades más importantes durante la actual fase 0 de la desescalada tiene que ver con la ocupación de los vehículos. Inicialmente, solo se podía circular de forma individual, salvo alguna excepción muy justificada. Posteriormente, el Gobierno permitía que viajaran en el mismo coche dos personas, siempre que lo hicieran uno en cada fila y respetando la distancia social.

      Sin embargo, con la actual fase 0 de la desescalada han llegado más modificaciones importantes. Según regula la nueva orden ministerial TA/384/2020 de 3 de mayo, publicada en el BOE, en este período (durante la fase 0 de la desescalada, prevista hasta el 11 de mayo) pueden desplazarse en vehículos de hasta 9 plazas (incluyendo siempre al conductor) hasta 2 personas por cada fila de asientos. Eso sí, la nueva ordenanza incluye otra importantísima novedad: siempre todos con mascarilla y tratando de distanciarse todo lo posible.

  30. Hola. Me gustaría saber si puedo llevar a un compañero de trabajo en mi coche. El no tiene carnet de conducir. Los dos llevamos los justificantes de la empresa. Gracias

    1. Hola Martin!
      Con la modificación introducida en el Real Decreto, sí se admite que en el mismo coche vayan el conductor y un acompañante, aunque «manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes», por lo que debéis ir sentados en diagonal (el acompañante en el asiento detrás del asiento del copiloto). Recordad llevar a mano los justificantes de la empresa para facilitarlos a los agentes en caso de requerirlos en un control.
      Saludos!

  31. Hola. Mi pregunta es si puedo llevar a un compañero de trabajo en mi coche. El no tiene carnet de conducir. Los dos llevamos los justificantes de la empresa. Gracias

    1. Hola Yolanda!
      Con la modificación introducida en el Real Decreto, sí se admite que en el mismo coche vayan el conductor y un acompañante, aunque «manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes», por lo que debéis ir sentados en diagonal (el acompañante en el asiento detrás del asiento del copiloto). Para evitar cualquier malentendido y facilitar el trabajo a los agentes en caso de un control, es recomendable que tu marido lleve alguna documentación que acredite su enfermedad y, por tanto, su vulnerabilidad al contagio y justifique que tú le lleves al trabajo en coche en vez de realizar esos desplazamientos de forma individual por su cuenta, en transporte público, por ejemplo.
      Eso sí: recuerda que en esos desplazamientos dentro del vehículo debes hacerlo tomando las medidas de seguridad necesarias. Es decir, tu marido deberá viajar en la posición transversal (detrás del asiento del copiloto) y utilizando mascarilla protectora.
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  32. Hola buenas tardes, en primer lugar decirle que no tengo carnet de conducir y tengo la necesidad imperiosa de ir a casa de mis padres que por otro lado es mi residencia habitual ( Aunque tengo un piso mío,, pero no hábito en él, es más lotengo puesto en venta , que se puede comprobar en diferentes portales y páginas ), ya que mis padres han estado infectados de coronavirus y se están recuperando en casa, pero ambos tienen patologías asociadas sobre todo mi madre que tiene un respirador que hay que controlarlo y tiene principio de demencia senil , mi padre tiene implantado un desfibrilador portátil al estar operado de corazón. A ambos le han dado el alta hace 7 días a uno y 3 a otro, me ha confirmado la médico que una vez que han dado negativo, las posibilidades de contagio son muy bajas. Ellos necesitan ayuda tanto para el cuidado personal como para las tareas del hogar, antes iba mi cuñada pero el lunes comenzará a trabajar en un supermercado por lo que se quedarán sin nadie que los asista y cuide. Yo estoy de alquiler en un pueblo de Badajoz donde trabajo por lo que no me iría de una primera residencia a una segunda residencia. La única vía que tengo para ir es con un amigo Policía Local del pueblo que tiene que ir para allá.Por favor conociendo mi situación, la veía factible para llevarla a cabo sin ser sancionado que es el miedo que tengo y que además esté dentro de las razones permitidas para ello. Muchas gracias

    1. Buenos días, Jorge:
      Tu caso sí está contemplado dentro de las excepciones para salir de casa, que es la de asistir o cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o vulnerables. En tu caso comentas que no tienes carné de conducir, por lo que, efectivamente, podrías ir con alguien en su coche para realizar ese desplazamiento.
      Eso sí: recuerda que en esos desplazamientos dentro del vehículo debes hacerlo tomando las medidas de seguridad necesarias. Es decir, tú deberás viajar en el trasero en la posición transversal (detrás del asiento del copiloto) y utilizando mascarilla protectora.

Buscar en nuestro blog

Histórico