¿Coche limpio o aparcado más de 5 días? ¡Multa!

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Recibir un beso, correr por la calle, adelantar a un perro (sin dejar la debida distancia de seguridad, claro), girar la cabeza al volante, colarse en la foto del radar… Estas han sido algunas de las multas más sorprendentes y escandalosas que han tenido lugar en nuestro país. Sí, sí… ¡Welcome to Spain!

A la “ristra” de sanciones increíbles (pero ciertas) se han sumando dos nuevas acciones que sientan un precedente para convertirse en dos nuevas modalidades del “¡arriba las manos!”. Aunque muchos (osados) se las toman a risa, lo cierto es que son serias (aunque de dudosa justificación), caras y reales. ¿Que cuáles son? ¡Mirad, mirad!

¿Limpio, limpio… ? ¡El bolsillo también!

“Circular con el vehículo incumpliendo las condiciones reglamentarias”. Así comienza la descripción de una denuncia para justificar una sanción de 200 euros. Hasta aquí podría parecer normal, pero lo sorprendente llega a continuación cuando el agente que la redacta detalla: “lleva parte trasera de la cisterna pulida, reflejándose como un espejo y emitiendo deslumbramiento a los vehículos que circulan detrás pudiendo ocasionar accidente por verse reflejado en ella”. ¿Esto es una broma?

Podría tratarse de una broma macabra, pero es real… La supuesta infracción que comete el conductor es llevar su cisterna demasiado limpia y pulida con lo que se produce un efecto espejo que puede deslumbrar al resto de conductores. O eso dicen…

¿Limpio o sucio? Si hasta el momento tener el coche sucio podía ser causa de sanción y ahora tenerlo limpio también… ¿mejor sucio a medias o limpio a trozos?

¿Me pueden multar por tener el coche muy limpio o pulido?

¿Coche aparcado más de cinco días? ¡Multa!

¿Que estás enfermo y no puedes moverte de casa? ¿Que te vas de viaje de trabajo sin el coche? ¿Que utilizas el transporte público cada día y no usas tu vehículo y lo has dejado aparcado? ¡Toma multa!

El artículo 91.2 del borrador de la última Ordenanza de Circulación en Sevilla propone, literalmente “la prohibición de estacionar en un mismo lugar de la vía pública durante más de cinco días consecutivos, a cuyo efecto solo se computarán los días hábiles”. ¡Menos mal que “solo” multarán si el coche aparcado lo está en el mismo lugar más de 5 días laborables! ¡Qué susto!

Parece que la causa de esta nueva “medida” es, según ha señalado el ayuntamiento de Sevilla, evitar que los coches que están en venta permanezcan durante grandes períodos de tiempo frente a los concesionarios para combatir, de esta forma, los aparcamientos continuados. Pero, ¿se incluye acaso en el artículo que solo es aplicable a coches en venta? Parece que no, por lo que cualquier vehículo sería susceptible de ser sancionado… Y esa no es la intención, ¿verdad?

Los controladores de la O.R.A… ¡a contar!

¿Será esta la nueva fórmula (y justificación) con la que otros ayuntamientos “regulen” los estacionamientos? Parece que la propuesta no gusta nada, en primer lugar, a los conductores y en segundo lugar, a los controladores de la O.R.A, quienes serán los encargados de vigilar y contabilizar los días que los coches permanecen aparcados en el mismo sitio.

 

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