Recurre tus multas sin miedo a fracasar siempre que….

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Recibir una multa en casa, sobre todo si es el día veintitantos del mes, es el peor de los recados que nos puede dar el cartero. Más aún si encima viene adornada de la temida retirada de puntos.

¡Del “esta la recurro” al “la pago con el descuento…”!

Aunque todos pensamos siempre en el recurso, la realidad es que recurrir una multa siempre es una tarea complicada. Sobre todo, porque solo con presentar alegaciones suprime el descuento de pronto pago, que asciende al cincuenta por ciento de su importe. Por eso, al final, siempre optamos por el “bueno, lo pago ya, que con el descuento se me queda en la mitad”.

Sin embargo, hay ocasiones que no sería necesario abonar ni siquiera la mitad. Y todo porque la multa está mal formulada, no contiene todos los datos que debiera, presenta información errónea o ni siquiera es nuestra, por lo que el éxito a la hora de recurrirlas está garantizado.

¿Sabes en qué debes fijarte cuando recibes una multa para recurrir sin miedo a fracasar en el intento? ¡Fíjate!

Los datos de identificación, ¿son correctos?

En primer lugar, hay que comprobar detenidamente si todos los datos de identificación están correctos. Para ser totalmente válida la multa debe incluir el nombre y apellidos, el DNI y la marca, modelo y color del vehículo.

¡Mucho cuidado! A veces los amigos de lo ajeno circulan con matrículas duplicadas y podemos tener la mala suerte de que la nuestra sea una de las elegidas…

La descripción y el lugar de los hechos ¿coinciden?

Todas las denuncias deben incluir el lugar en el que se ha producido la infracción. Más aún en las denuncias relacionadas con la señalización o las marcas viales por lo que siempre se debe verificar que indica el punto kilométrico concreto de la vía.

En cuanto a la descripción de los hechos, existen ocasiones que la descripción es errónea en sí misma, aunque no nos demos ni cuenta. Por ejemplo, una denuncia por adelantar con línea continua en un punto kilométrico en el que esta es discontinua.

¿La recomendación? Comprueba todos los datos exhaustivamente.

¿Y la hora de los hechos? ¿Es importante?

Más que importante, crucial. La hora de la infracción es fundamental en denuncias como las de hablar por el teléfono móvil, por lo que se ha de prestar máxima atención a la hora que indica la notificación. Tanto es así que se puede aportar listado de llamadas salientes y entrantes con el que se demuestre que en la hora señalada en la denuncia no estaba utilizando el terminal. Y, por lo tanto, ¡fuera multa!

Cuidado si tipifican mal la infracción…

En muchas ocasiones, la infracción se convierte en más grave de lo que ha sido en realidad o se consignan artículos que no son aplicables al vehículo que conducimos. Es decir, se tipifican erróneamente los hechos que figuran en el boletín de denuncia.

Ejemplo de ello sería una multa en la que se considera conducción temeraria, castigada con 500 euros y detracción de seis puntos del permiso, el hecho de hacer un cambio de sentido en un aparcamiento colindante con la vía. O que conduciendo un turismo normal se aplique un artículo de la Ley de Seguridad Vial o su reglamento que haga referencia a vehículos de más de 3500 kg.

En casos de multas de la ORA…

Ten en cuenta que el agente del servicio ORA carece de la presunción de veracidad que tienen los funcionarios policiales. Si recibes una multa que no te pertenece porque no has dejado el coche aparcado (mal aparcado) en el lugar, día y hora que detalla la denuncia, basta con que puedas acreditar, incluso con testigos, que tu vehículo se encontraba en otro sitio.

¡Ojo a las fotos de los semáforos!

En algunos casos en la foto que nos envían como prueba de la infracción, el semáforo aún está en fase naranja o nuestro vehículo lo atraviesa en el momento de la transición, con lo que es obvio que hemos carecido del tiempo imprescindible para la maniobra de frenado.

¿Recurrir o pagar (con o sin descuento)? Ahora, tú decides. Eso sí, antes de decidir presta atención y comprueba bien todos los datos y, en caso de duda, en :DriveSmart somos todo oídos. ¿Quieres consultar algo? Deja tu comentario para que la Comunidad :DriveSmart te ayude o escríbenos a info@drive-smart.com si necesitas que te echemos una mano… ¡A mandar!

 

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2 comentarios en “Recurre tus multas sin miedo a fracasar siempre que….”

  1. Tengo una multa de tráfico por exceso de velocidad. La multa pone que me ha captado un radar (no se identifica nada del mismo) que iba entre 71 y 80 km/h en una via de 50km/h. Para identificar mi coche solamente han citado la matrícula, nada de color ni modelo ni marca. Mi cuestión es que puede ser que iba a esa velocidad pero el hecho de que ni si quiera haya foto y falten datos me hace plantear si debo recurrir. Es la primera multa y claro son puntos, alguien me puede recomendar que hacer según su experiencia en estos casos?? Gracias!

  2. hola, una patrulla de la guardia civil circulando por la autovía me para en una salida y me denuncia por: Art 3. Apart 1. Conducir de forma negligente…, y añaden: circula con manifiesto exceso de velocidad y realizando numerosos adelantamientos sin hacer uso de los indicadores de dirección.
    Sancion de 200 euros con reducción del 50% por pronto pago.
    Merece la pena recurrir?
    Muchas gracias.

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