El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, en sentencia de 17 de septiembre de 2024 ha anulado la ordenanza de movilidad sostenible que establecía las zonas de bajas emisiones (ZBE) de todo el municipio, así como las de especial protección (ZBEDPE) de Madrid Central y Plaza Elíptica.
Los expertos legales de DriveSmart han analizado el caso en profundidad y dan respuesta a todas las preguntas. En primer lugar, destacan que el motivo de anulación ha sido la “patente insuficiencia del informe de impacto económico” a la vista, según el Tribunal, de que las medidas restrictivas adoptadas por la ordenanza inciden especialmente en las personas de menor capacidad económica que no tienen posibilidad de acceder a nuevos vehículos que cumplan las exigencias medioambientales, valoración que la norma ahora anulada omitió.
Igualmente tiene en cuenta a los sectores de actividad económica más vulnerables que puedan experimentar dificultades para renovar sus vehículos comerciales tales como autónomos, microempresas o pymes y concluye que la aprobación de la ordenanza vulneró el principio de proporcionalidad en materia ambiental al no tenerse en cuenta las importantes consecuencias económicas mencionadas.
Ahora, con todo esto claro, ¿qué es lo que debes saber y cómo te afecta a partir de este momento? Los expertos legales de DriveSmart dan respuestas a todas las preguntas que surgen al respecto.
¿Qué cambia ahora con las multas en Madrid Central y las zonas de bajas emisiones (ZBE)?
De momento y hasta que la sentencia no sea firme, nada. De hecho, se sigue sancionando ya que la ordenanza continúa en vigor.
Si transcurrido el plazo de 30 días el Ayuntamiento no recurre en casación al Supremo, la sentencia ganaría firmeza y todas las zonas de bajas emisiones de Madrid dejarían de existir. Lo más probable es que el Ayuntamiento recurra con el objetivo de ganar tiempo pues las posibilidades de que el Supremo les de la razón son escasas ya que se trata de una omisión del propio Ayuntamiento en la elaboración de la ordenanza.
¿A qué zonas afectaría esta sentencia: solo a Madrid Central o a todas las ZBE, incluida la M30?
A todas las denominadas como Zonas de Bajas Emisiones que existen en la ciudad. No sólo afectaría a Plaza Elíptica y al Centro, sino también a la M30.
¿Se puede conducir libremente sin etiqueta desde el 17 de septiembre por las zonas de bajas emisiones como Madrid Central, Plaza Elíptica, M30…?
No, porque la sentencia del TSJ de Madrid todavía no es firme, por lo que todas las restricciones siguen vigentes y se mantienen. El Ayuntamiento tiene de plazo 30 días para interponer un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo y lo más probable es que lo haga para ganar tiempo.
¿Qué hacer si te multan desde ahora por circular por Madrid Central y las ZBE?
Por ahora, todo sigue igual. El medio millar de cámaras que controlan el cumplimiento de la normativa seguirá detectando y sancionando a los vehículos más contaminantes que entren en la ZBE.
Pero… Nuestros expertos legales son muy contundentes: En caso de ser denunciado en este periodo lo más recomendable es no pagar e interponer recurso alegando la existencia de la sentencia, puesto que de ganar la misma firmeza, determinaría el archivo de la sanción. Por lo tanto, si te han sancionado desde el 17 de septiembre de 2024 por conducir por una de las zonas de bajas emisiones de Madrid, no lo dudes: recurre alegando la existencia de la sentencia como motivo del recurso.
¿Qué pasa con las multas impuestas hasta ahora? ¿Qué hacer con las sanciones ya pagadas?
Las multas ya impuestas aún permanecerán vigentes y activas hasta que la sentencia sea ejecutiva, por lo que por el momento toca esperar. Con eso claro, si te estás preguntando… «Si me han multado en estos años, en caso de que declaren la sentencia firme, ¿también podré recurrir?» los expertos legales indican que, efectivamente, sería posible. Aunque, si solo es una sanción económica, lo más probable es que no te merezca la pena porque te va costar más ir a un contencioso.
Entonces, ¿no podré hacer nada con las multas que ya me hayan puesto estos años?
Por el momento, paciencia y esperar. Las multas económicas se pueden llegar a recurrir incluso después de haberlas pagado, pero no por la vía administrativa, que ya habría quedado agotada, sino por la judicial, lo que puede dilatarse mucho en el tiempo. Si la sanción ya fue pagada, entonces será necesario contar con un abogado para denunciar la penalización ante un juzgado. En cuando la declaren firme, analizaremos esta casuística al detalle porque, además, es posible que se abran más vías de reclamación como lo es reclamar al ayuntamiento daños y perjuicios. Pero, hasta entonces… prudencia.
¿Y a ti, te ha llegado alguna multa de Madrid Central estos días y quieres compartir tu experiencia con nosotros? ¿O tienes alguna duda y necesitas ayuda de nuestros expertos legales? ¿No sabes cómo recurrirla alegando la existencia de la sentencia? Escríbenos en los comentarios, nuestro compromiso continúa siendo defender vuestros intereses como conductores. Siempre.
Deja una respuesta