Madrid Central comienza a multar el 15 de marzo

No hay comentarios todavía

No hace falta que seas madrileño. O que vivas en la capital. Porque rara es la persona que desde finales de 2018 hasta ahora no haya escuchado hablar de Madrid Central. Esta medida, impulsada por el Ayuntamiento de Manuela Carmena, ha traspasado las fronteras de nuestro país. Con ella se busca que los vehículos más contaminantes tengan el acceso restringido a las zonas de altas emisiones. 

Y en el caso en el que el vehículo en cuestión no pueda acceder y lo haga, hasta ahora recibía una carta de aviso en casa. Ya hay fecha para sustituir el aviso por multa. Eso sí. Tenemos que informaros de que hay excepciones a la hora de la circulación por Madrid Central. No todos los vehículos van a ser multados sin compasión. ¿Quieres conocer qué vehículos pueden acceder y cuáles no? ¿Y cuándo empezará a afectar al bolsillo?

Fin al período de pruebas

El pasado 30 de noviembre se estrenaba ‘Madrid Central’, aunque desde el Consistorio se anunció que entraría en vigor de forma progresiva. La iniciativa arrancaba con un período de pruebas que presenta fecha de caducidad: ¡el 15 de marzo! A partir de este día, sobrepasar el contorno de la almendra central de la capital (en la cual se agrupan las 4 Áreas de Prioridad Residencial ), se traducirá en una multa de 90 euros (que se quedará en la mitad con la bonificación del pronto pago). Eso sí: para quienes accedan de forma errónea al perímetro.

¿Cómo reconocer si estás en Madrid Central?

Todos los viales del perímetro están señalizados con unas líneas rojas fácilmente reconocible. Asimismo, en todos los accesos a Madrid Central, serán visibles carteles y señales con su logo, cámaras de vigilancia y, en muchos casos, estarán presentes agentes de movilidad que resolverán al conductor cualquier duda relativa a esta nueva normativa.

No obstante, el perímetro de Madrid Central está formado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover. La circulación por las calles que conforman los límites del perímetro estará permitida para todos los vehículos.

Madrid Central comienza a multar el 15 de marzo de 2019

Comienzan las multas en Madrid Central

Las sanciones serán interpuestas mediante el mismo procedimiento de las actuales cartas de avisos. Los agentes de movilidad, junto con las más de 100 cámaras de seguridad implantadas alrededor de la circunscripción, serán los encargados de hacer justicia. Y por tanto de recabar los datos de los coches y motos que pasen el perímetro establecido. Tanto de los que lo hacen correctamente como de quienes lo hacen sin la autorización oportuna.

Rita Maestre, portavoz del Ayuntamiento de Madrid, ha señalado en una comparecencia ante los medios que, desde la implantación de Madrid Central, el uso del transporte público ha aumentado entre un 3% y un 6%. Además, señalaba que en la periferia de la zona acotada, la circulación ha disminuido un 3.7%. Sin embargo, el tránsito de vehículos se ha visto reducido hasta en un 25% en zonas como la Gran Vía.

¿Quién sí y quién no puede circular?

Ahora llega la pregunta del millón. Todos nos hemos imaginado en una situación en la que necesitamos cruzar la zona polémica para ir a nuestro destino. ¿Podremos hacerlo o no? Pues depende del vehículo. Al fin y al cabo lo que importa es el año de fabricación, y por tanto, los niveles de emisiones nocivas que pueden alcanzar.

A Madrid Central sólo podrán acceder los vehículos que porten el distintivo ambiental CERO o ECO, las personas con movilidad reducida y los profesionales autorizados, como taxis, VTC, autobuses o servicios de carsharing. Además también podrán pasar los vehículos que tengan la etiqueta B y C, pero siempre y cuando estacionen el coche en una plaza de garaje o en un parking privado. En definitiva, los coches de gasolina anteriores al año 2000 y los de diésel anteriores a 2006 no podrán circular por esta zona.

Respecto a las motos, las que lleven etiquetas ECO o CERO no están sujetas a ningún tipo de restricciones. En cambio, las que dispongan del distintivo B y C pueden circular por la zona en una franja temporal de 07.00 a 22.00 horas. Si quieres entrar en un horario diferente al establecido, podrás hacerlo pero con la condición ‘sine qua non’ de que estaciones en garaje o párking. 

¿Y si tengo que…? Una de circunstancias especiales

Te invitan a una comida en casa de un amigo o familiar. Él vive en el centro y tú a las afueras y tienes que utilizar tu coche para desplazarte. Pero claro, con la iniciativa Madrid Central, según qué casos de los anteriormente citados, no se puede pasar a la zona. En esta suposición, el Ayuntamiento ofrece a cada residente empadronado en esa zona, la posibilidad de inscribir a 20 invitados al mes, para que puedan acceder.

¿Y para llevar a los niños a los colegios del centro? Pues este caso se asemeja al anterior. Y es que los colegios tendrán línea directa con el Ayuntamiento para autorizar el paso a los vehículos que usen las familias para llevar y recoger a los niños. En este sentido, desde el Consistorio apuntaron en su momento que se comprometían a que esta medida perdurara en el tiempo. Por lo que si eres madre o padre y estás en esta encrucijadada, ¡puedes respirar tranquilo!

Otras dos circunstancias especiales: llevas el coche a un taller, te alojas en un hotel de la zona… También se encuentran entre las excepciones de sanción y serán estos lugares de destino quienes deben gestionar la autorización con ayuntamiento. 

Lo importante en todos estos casos es que sí debes llevar la pegatina de la DGT, incluso si llegas a la capital desde otra provincia. Apúntatelo si decides pasar unos días en Madrid con tu coche, porque es obligatoria.

El distintivo de la DGT, obligatorio 

Hasta el mes de abril no es obligatorio en todo el término municipal, pero sí lo es ya en Madrid Central (aunque solo accedas en una sola ocasión para acudir a un taller, parking de la zona o cuentes con la invitación de un residente). Por lo tanto, si no tienes el distintivo, el consejo pasa por acudir a una oficina de Correos a recoger la pegatina que te corresponde. Para ello, únicamente debes indicar la matrícula del coche y pagar cinco euros. 

¿Dónde notificar los trámites?

Invitaciones de residentes, cambios de matrícula para entrar con otro vehículo si eres residente… Todos los trámites que debas notificar, deberás hacerlo vía telmática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es

Y tú, querido usuario que vives (o no) en Madrid… ¿Qué te parece la medida de Madrid Central? Comparte tu opinión en los Comentarios.

Descarga y prueba ahora DriveSmart 

botones de descarga

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Buscar en nuestro blog

Histórico