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En estos casos, lo primero que se debe tener en cuenta es si existe una sola señal vertical. Si está completamente tapada y no es visible. O si, por el contrario, se ve perfectamente (aunque tenga algo de nieve). También si existe, además, un distintivo pintado en el suelo o si lo que hay son dos señales verticales similares (y una de ellas se ve correctamente).
Los agentes aseguran que, en estas circunstancias, impera la lógica. Si únicamente existe una señal y está tapada totalmente por la nieve el procedimiento habitual se resume a que el guardia compruebe si es o no visible. Si no lo es, en ningún caso, sancionará (o no debería) al conductor. Si, por el contrario, considera que se ve correctamente podría imponerle una multa por no respetar una señal de tráfico.
El importe de la sanción iría desde los 80 euros hasta los 200 euros (si se trata de una señal de prohibición). En este caso, si el conductor cree que la señal no es visible, en contra de lo que piense el agente, la recomendación pasa por presentar un recurso a la multa ante la Administración acreditando la no visibilidad de la señal. Para ello, la clave será aportar una prueba por lo que la recomendación pasa por realizar fotos de la situación y adjuntarlas a la hora de recurrir.
Si además de la señal vertical que presenta nieve existe un distintivo pintado en el suelo u otra señal vertical similar (y es visible), no respetarla sí se considera infracción y, por lo tanto, implica una sanción y no se podrá recurrir con éxito.
Si solo hay una señal y no es visible, no es sancionable y, en caso de que un agente imponga una, la recomendación es recurrirla aportando fotografías de la situación para su anulación. Si hay dos señales verticales similares (y una de ellas es visible) o existe dintintivo pintado en el suelo sí sería motivo de multa y no habría opción de recurso con garantía.
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