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Esta es una cuestión que muchos conductores se plantean debido a que existe un gran desconocimiento en relación a quién puede o no utilizar las zonas de carga y descarga. ¿Puede parar cualquier vehículo? ¿Puede parar siempre que no exceda el tiempo límite permitido?
La respuesta es, rotundamente, no. Ni siquiera sin exceder el tiempo límite permitido porque la zona de carga y descarga está exclusivamente reservada a vehículos que cuentan con tarjeta de transporte y que deben colocar ésta en un lugar bien visible para no ser sancionados. Dichas tarjetas son concedidas por el municipio correspondiente y están reservadas a transportistas profesionales, por lo que un vehículo particular sólo podrá estacionar en ellas fuera del horario reservado a su uso y que establece la propia señal.
Por lo tanto, en el caso planteado, no hay argumento para presentar un recurso con el que anular la multa y la recomendación :DriveSmart pasa por proceder el pago de la multa en período voluntario para aprovechar la reducción del 50% del importe a abonar.
Es otra de las grandes dudas. Salvo que se indique expresamente (en la propia señal) el sábado siempre se considera como día laborable en España. Por eso, a excepción de un sábado que sea una jornada que la normativa declara como festiva a nivel local, autonómica, nacional o comunitaria europea, siempre se considerará laborable. De esta forma, ante una sanción en sábado, cualquier recurso no prosperaría.
Por lo tanto, ante una señal de carga y descarga, siempre se debe prestar atención máxima a la leyenda que la acompaña, porque en ellas se refleja las condiciones en las que se puede o no aparcar (haciendo alusión a horarios, días afectados, lado de la vía o tipo de vehículos). Algunas, además, limitan la parada o estacionamiento a determinadas circunstancias (días pares o impares, aparcamiento durante días consecutivos o la primera/segunda quincena del mes. Lo que se debe tener claro es que salvo que la leyenda lo exprese de forma específica (de lunes a viernes), siempre se aplicará la restricción de parada y/o estacionamiento también los sábados.
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Hola vivo en Ourense y tengo una discapacidad de un 33% tengo tarjeta acreditativa de grado de discapacidad, tengo el certificado de discapacidad y la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad (Modelo de las comunidades europeas) mi pregunta es si no tuviese sitio en zona de aparcamiento de minusvalídos puedo aparcar en carga y descarga si llegara a ser que si cuanto tiempo lo podría hacer. Un Saludo
Hola Jorge!
Sorprendentemente este supuesto es distinto dependiendo de cada municipio, ya que existen ayuntamientos en los que sí se autoriza el estacionamiento con tarjeta de estacionamiento para personas con minusvalía en zonas de carga y descargas, y otros que no. En el caso de Orense, el ARTÍCULO 85 (el apartado 1.) DE LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DE PEATONES Y DE VEHÍCULOS DE ORENSE establece lo siguiente. Te lo pegamos literalmente extraído de la ordenanza para que conozas, al completo, todas las operaciones de estacionamiento y detención a las que tienes acceso con tu tarjeta.
Artículo 85.
1.- La tarjeta de estacionamiento para personas con minusvalía permite a su titular, dentro de las vías públicas de competencia municipal en cuanto al tráfico en el término municipal de Ourense, las siguientes operaciones de estacionamiento y detención:
a) Estacionamiento en las reservas especiales creadas para personas con movilidad reducida.
b) Estacionamiento durante quince minutos como máximo en las reservas de carga y descarga existentes en la vía pública, conforme a la Ordenanza y señalización correspondiente.
c) Parada del vehículo en la vía pública, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
– No se obstaculice gravemente el tráfico.
– No se sitúen en las paradas de autobús público.
– El estacionamiento sea paralelo al bordillo.
– No se dificulte la visibilidad en las esquinas, curvas o cambios de rasante.
– No se impida total o parcialmente un paso de peatones señalizado.
d) Estacionamientos en cualquier reserva oficial, cuando sea para la realización de alguna gestión en Organismo Público, excepto en las habilitadas para Seguridad Pública y durante el tiempo máximo de quince minutos.
De todos modos, para lo que necesites o quieras consultarnos, por aquí seguimos. Siempre estaremos encantados de echarte una mano y ayudarte a defender tus intereses como conductora. Además, te ayudamos a ahorrar en tus seguros: de coche, moto, hogar, vida…
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Soy autónomo y hago uso de mi coche para llevar pedidos a mis clientes el coche lo tengo con ese uso porque hago compras para clientes y se las llevo a sus casa a veces es complicado encontrar sitio para aparcar y pierdo mucho tiempo puedo usar , dicho aparcamiento si estoy si estoy dado de alta , como autónomo y mi coche está registrado para dicha actividad ,
Buenas
Y con un taxi, se puede parar en carga y descarga mientras se espera a un cliente que está llegando?
Los taxis si poseen tarjeta de transportes.
Gracias
Hola Manuel:
No señalas en qué ciudad preguntas y es importante porque las zonas de carga y descarga son reguladas por las ordenanzas municipales. Pero, con ese detalle al margen en general, en la zona de carga y descarga está prohibido el estacionamiento, pero no la parada (inferior a un tiempo de 2 minutos), puesto que están concebidas precisamente para facilitar la parada y realizar labores comerciales. Por lo tanto, sin saber la localización, la parada sí estaría permitida siempre que sea una parada y no un estacionamiento.
Esperamos haberte ayudado. Un saludo,
Es legal que pongan una señal de carga y descarga las 24 horas del día? Y que encima del autorización a unos pocos coches normales que aparcan por las noches ? Me multaron entre las 23 y la 1 de la madrugada de un sábado
Me han multado en carga y descarga hoy pero resulta q la frutería donde esta la carga y descarga. Lleva 2 años cerrada y no hay ningún negocio más cerca de la calle es correcta la sanción? Me parece absurda porq el negocio lleva años cerrado y pienso q esos discos no deberían estar operativos
Vamos a ver la zona de carga y descarga se habilitará para vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías entendiéndose como tales camiones y furgones,con la correspondiente tarjeta de transporte pues así viene legislado en el reglamento general de circulación.
Ningún otro vehículo podrá estacionar en dicha zona, aunque realice actividad de carga y descarga, la denuncia es totalmente valida
Me pusieron una multa en zona de carga y descarga a mi mujer, tenia que descargar un
paquete de peso superior a 20 kgrs..en un establecimiento que estaba en frente, se lo comunico a los agentes in situé, porque fueron 5 minutos,y nada, la sanción fueron 200 euros, y esta recién operada cáncer de mama y no puede hacer esfuerzos ni coger peso…
Se puede recurrir.
Un saludo, gracias.
El propietario de una tienda tiene en la acera de su negocio una zona de carga y descarga, el la utiliza como aparcamiento de su furgoneta durante todo el día en dicha zona.(apenas tiene actvidad) Las señales indican un horario.. es este hecho denunciable, ? como se podrían aportar pruebas? La zona es muy amplia y se dedica a dejar notas en los coches, indicando que la proxima vez llama a la policia local si vuelves a aparcar en esa zona.
¡Hola Manuel!
Hemos consultado con nuestros especialistas de Legálitas y la abogada Isabel Prieto ha resuelto la duda que nos planteaba:
En primer lugar, una vez más, se debe recordar que el estacionamiento en las vías urbanas se regula por las Ordenanzas Municipales; pero, lo normal, es que en las zonas reservadas para carga y descarga esté prohibido estacionar durante el tiempo de duración de la citada reserva.
En general, los Ayuntamientos al fijar estas zonas, suelen regular las condiciones de uso, permitiendo únicamente, el mismo al transporte de mercancías públicas, e incluso, fijando el tiempo de duración de las labores de carga o descarga. Es necesario en algunos casos algún tipo de autorización municipal.
No obstante, lo normal sería que el titular del establecimiento no la pudiera usar durante todo el día, sino únicamente, para llevar a cabo las funciones de carga y descarga. Por lo tanto, un uso indebido podría ser denunciable. La denuncia puede ser de dos tipos: voluntaria (por persona particular), que puede utilizar cualquier medio de prueba a su alcance que sirviera para acreditar los hechos (fotografías, filmaciones, testigos, actas notariales, etc);o a través de agente de la autoridad en funciones de regulación del tráfico a requerimiento de un particular o actuando de oficio.
¡Esperamos haberte ayudado! Un saludo y… ¡feliz día!
En la zona de carga ydescarga, me han puesto una multa de 200, 00 euros que pague y quedó en 100,00 mas la grua 80,00 . Hasta aqui normal, ahora en viene el segundo paso, En el mes de noviembre/17 llega una carga certificada solicitando el pago de 220,00 euros, multa + intereses. Vamos al ayundamiento y alli nos informan, que no es una multa, sinó que son dos distintas. Que ocurrió llegó un agente por la mañana y zas una multa, Alli dejo el coche.
Al día siguiente llega otro nuevo agente y zas segunda multa y esta vez me retiran el coche.
Pregunta, me pueden multar por la misma infracción dos veces. Acaso los municipales no tendrían que haberse llevado el coche, al colocarme la primera multa.
Fatal,mal acaso no descargamos ls compra,el carrito del bebe,etc
Yo como particular también debería poder usar la zona de carga y descarga para como por ejemplo descargar la compra de todo pesado etcétera
Las tarjetas de transporte ya no se facilitan a los vehiculos de menos de 3500 kilos,desde hace varios años igualmente tanto el R.G.C. y la L.S.V., no especifican que tipo de vehiculos son los que pueden realizar la carga y descarga en la zona havilitada
Hola en relación al post, os dejo una aplicacion de recién creación que soluciona todos esas carencias de poder controlar el tiempo permitido en la plaza de carga y descarga, tanto para el agente como el usuario, además de enseñarle todos los cargas y descargas de tu ciudad. Espero que te sea útil, se llama In time carga y descarga.
Una duda, a mi me pusieron una multa, estando a 4 metros del señalamiento de carga y descarga. cuanto ocupa el letrero de carga y descarga? es valida mi multa?
Yo lo veo muy claro:
Sólo pueden aparcar, un máximo de 20 minutos o reservado en ese horario, a vehículos industriales, por supuestos identificados con tarjeta.
Sobre vuestros comentarios, yo pagaría la multa por vuestras infracciones.
He parado en carga y descarga 5′ dejando una persona dentro del vehiculo para entrar en un comercio, pues bien, ha llegado una furgoneta se ha parado en doble fila y cuando he salido me ha dicho que me había denunciado cuando he cogido el vehículo, ¿es posible que pueda denunciar con una foto del móvil?
hola !! Tengo un furgón con tarjeta de transporte y aparqué durante 2 horas en un estacionamiento de carga y descarga porque tenia que montar unos muebles y me multaron con 200 euros ..puedo recurrir o pago con el 50%?? gracias.
¿Las zonas de carga y descarga deben estar delimitadas por la izquierda y por la derecha? Si no es así, ¿se puede recurrir la multa que me han puesto por estacionar la moto en ella?
Hola soy un autónomo y tengo mi licencia para aparcar en zona de carga y descarga, resulta que después de dar 20 pasadas por la misma zona durante toda la mañana, dicha zona está ocupada por 2 furgonetas, una de Seur y otra de UPS, me paré a recoger una herramienta justo delante, 8 minutos y ya me la habían puesto sin mirar si quiera que tengo tarjeta visible en el parabrisas, el motivo que me ponen es aparcar en la acera,
que no existe, ¿qué puedo hacer?
Hace una semana aparqué en zona de carga y descarga en horario comercial (vehículo Citroën Jumpy de tres plazas, o sea, industrial sin rotular). Cuando llegué a retirar la furgoneta el guardia se me encaró diciendo que la zona solo se puede utilizar para carga y descarga y no para realizar compras personales. Mi pregunta es: ¿te pueden multar por esta situación?
Hola, yo quería hacer una consulta de estacionamiento en zona de carga y descarga. Aparqué en una que prohibía de 20:00 a 22:00 horas. Llegué a las 20:05 y la multa está de las 20:04. Llegué a la comisaría a las 20:15 y mi coche no había llegado allí.
No sé si realizar pliego de descargo. ¿Qué opinan?
Soy comercial, ¿con un vehículo como un Smart puedo aparcar en zona y descarga sin que me multen? ¿O tengo que seguir con un vehículo comercial como Ford fiesta, Corsa… con dos asientos, barra separadora…? Gracias