¿Distraer a un conductor de autobús? ¡Multa!

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He leído que te pueden multar por distraer al conductor de un autobús. ¿Es cierto? ¿Quién y cómo puede sancionar esta acción?

Tanto en las pequeñas ciudades como en las poblaciones que no cuentan con un gran número de habitantes es una costumbre popular ofrecer conversación al conductor del autobús. Se trata de una práctica habitual con la que los usuarios de este transporte público pretenden, en la mayoría de los casos, amenizar las horas laborales del que trabaja al volante trasladando pasajeros.

Sin embargo, aunque popular y habitual, debe tenerse presente que esta inocente acción puede conllevar una sanción económica. La respuesta la encontramos en el Reglamento General de Circulación en que se recogen no solo las obligaciones del profesional que va al volante de un autobús sino también las que han de tener los usuarios del mismo.

Las obligaciones del conductor de autobús…

Así, tal y como señala el reglamento en su Artículo 11, relativo al “Transporte colectivo de personas” en el primer punto indica que “el conductor deberá efectuar las paradas y arrancadas sin sacudidas ni movimientos bruscos, lo más cerca posible del borde derecho de la calzada, y se abstendrá de realizar acto alguno que le pueda distraer durante la marcha; el conductor y, en su caso, el encargado, tanto durante la marcha como en las subidas y bajadas, velarán por la seguridad de los viajeros”.

Qué no hacer como viajero en un autobús…

Hasta ahí la responsabilidad del conductor. En cuanto a los viajeros, el mismo artículo, en su apartado 2 señala explícitamente que se les prohíbe:

  • 1. Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.
  • 2. Entrar o salir del vehículo por lugares distintos a los destinados, respectivamente, a estos fines.
  • 3. Entrar en el vehículo cuando se haya hecho la advertencia de que está completo.
  • 4. Dificultar innecesariamente el paso en los lugares destinados al tránsito de personas.
  • 5. Llevar consigo cualquier animal, salvo que exista en el vehículo lugar destinado para su transporte. Se exceptúan de esta prohibición, siempre bajo su responsabilidad, a los invidentes acompañados de perros, especialmente adiestrados como lazarillos.
  • 6. Llevar materias u objetos peligrosos en condiciones distintas de las establecidas en la regulación específica sobre la materia.
  • 7. Desatender las instrucciones que, sobre el servicio, den el conductor o el encargado del vehículo.

¿Multa por distraer a un conductor de autobús?

Por lo tanto, con respecto a la cuestión planteada, provocar la distracción del conductor de autobús puede derivar en una pérdida de atención sobre la carretera lo que se traduce en un riesgo a la seguridad vial y, por lo tanto, una sanción económica de 80 euros si no se cumplen alguno de los apartados mencionados anteriormente..

Además, añade, en este apartado que “el conductor y, en su caso, el encargado de los vehículos destinados al servicio público de transporte colectivo de personas deben prohibir la entrada y ordenar su salida a los viajeros que incumplan los preceptos establecidos en este apartado”.

 

 

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3 comentarios en “¿Distraer a un conductor de autobús? ¡Multa!”

  1. Buenas tardes, quisiera saber si “velar por la seguridad de los viajeros” comporta que, estando el autobus con asientos disponibles, arranque antes de que una persona mayor pueda sentarse. Gracias

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