Ferrari 360 Modena, embargado, sin protección ni custodia… ¿legal?

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Desde el mes de junio (que yo me haya fijado, es posible que lleve más tiempo) hay un Ferrari 360 Modena en mi ciudad precintado junto a la comandancia de la Guardia Civil de Tráfico (fuera de las dependencias). Llama la atención al tratarse de la clase de vehículo que es y su valor en el mercado. Está tirado (literalmente, sí) en una carretera secundaria, sin ningún tipo de protección ni custodia, con lo que supone que esté expuesto sin control: le han robado las letras de la marca, tiene muchos golpes, está rodeado e inundado de maleza, con los faros estropeados…

Como digo, llama la atención al tratarse de un coche de alta gama y ver el estado en el que se encuentra, puesto que si se embarga se puede subastar pero tal y como está solo acabará convirtiéndose en un montón de chatarra, como puede verse en la foto, por lo que lo que me han surgido varias dudas:

– ¿Cuál es el procedimiento legal y habitual a seguir con un vehículo embargado? Un coche que está precintado, ¿debe estar custodiado y guardado? ¿Quién se hace cargo de todos los daños por vandalismo que ha sufrido el vehículo y, por lo tanto, de la pérdida de su valor en el mercado? Si me embargan mi coche, ¿qué derechos tengo yo como propietario? ¿Puedo reclamar los daños?

Trasladamos el caso a los expertos de Legálitas para que lo analicen y ofrezcan respuesta a todas las cuestiones.

– ¿Cuál es el procedimiento legal y habitual a seguir con un vehículo embargado?

Cuando alguien cuenta con una deuda tributaria y ésta no es abonada, se procede al embargo de los bienes del deudor. Así, dentro de los posibles bienes a embargar, en sexta posición se encuentran los bienes muebles y dentro de los mismos, los vehículos.

El embargo de un vehículo es más complejo que el embargo de otros bienes ya que necesita un depósito donde almacenarlo. Es cierto que se deteriora con el paso del tiempo y, en la mayoría de las ocasiones, cuando la Administración quiere hacer efectivo el embargo en subasta consigue poco dinero por él, ya que se ha devaluado.

– Un coche que está precintado, ¿debe estar custodiado y guardado?

Hasta que se ordena el precinto del vehículo, el responsable del coche siempre será su propietario. Lo será hasta que el vehículo se transfiera a un nuevo comprador por medio de una subasta por lo que ha de seguir pagando el seguro, los impuestos correspondientes y posibles multas, incluso si el vehículo está precintado y ya no lo puede utilizar.

Una vez ordenado el precinto del vehículo, el propietario tiene que entregar las llaves y el coche pasa a un depósito hasta que se transfiera a un nuevo comprador por medio de una subasta. Así, la enajenación de los bienes embargados siempre se realiza mediante subasta, concurso o adjudicación directa.

Los anuncios de subastas de bienes embargados son publicitados exclusivamente en la página web de la AEAT, salvo que el valor del bien sea superior a 1.000.000 de euros, en cuyo caso se anuncia, además, en el boletín oficial correspondiente a la demarcación territorial del órgano de recaudación al que esté adscrito el obligado al pago. Cuando el valor del bien supere la cantidad de 10.000.000 de euros, la subasta se anunciará, además, en el BOE.

No obstante, en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, la Administración tributaria debe liberar los bienes embargados si el obligado extingue la deuda tributaria y las costas del procedimiento de apremio.

– ¿Quién se hace cargo de todos los daños por vandalismo que ha sufrido el vehículo y, por lo tanto, de la pérdida de su valor en el mercado?

Se sobreentiende que cuando se procede al depósito del vehículo, se debería de efectuar en un lugar en el que el vehículo no sufra daños y no se deprecie su valor, aunque en la práctica no en todos los casos suele ser de este modo, tal y como nos explica el consultante.

Es más, lo habitual en caso de que se produzca el embargo de un vehículo es que el dueño del vehículo solicite que se le nombre depositario del bien, de tal manera que él mismo se haga cargo del depósito de dicho vehículo para que precisamente no sufra daños y su valor no se deprecie.

– Si me embargan mi coche, ¿qué derechos tengo yo como propietario? ¿Puedo reclamar los daños?

Si el vehículo sufriese daños y conociésemos al autor de los mismos, se debería iniciar un procedimiento judicial para solicitar la reparación de esos daños. En caso de no conocer al autor de los hechos, la situación se complica y como terceros, lo que podemos hacer es poner una denuncia ante la Policía para que tome medidas frente a los actos vandálicos producidos y solicite la custodia del vehículo.

 

¿Y tú, conoces algún caso similar? ¿Quieres denunciar algo injusto, absurdo o que te hace hervir la sangre? ¿Tienes una duda legal a la que nadie sabe darte respuesta? ¿Te han puesto una multa absurda? Escríbenos a info@drive-smart.com y, sea lo que sea, te daremos respuesta. Siempre. Y gratis, por supuesto. 🙂

 

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