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El Servei Català de Trànsit no deja de sorprendernos. Hace solo un par de semanas los medios se hacían eco de una multa que enviaban al propietario de una furgoneta por exceso de velocidad. Hasta ahí todo parecía normal. Hasta ahí, porque la furgoneta viajaba por la vía, sí, pero subida a una grúa que la trasladaba al taller. La propia fotografía de la multa así lo evidenciaba.
Estos días, una nueva multa del Servei Català de Trànsit con visos de polémica llegaba a nuestra redacción enviada directamente por su destinatario.
J.A.D., el conductor sancionado, recibía una multa por “conducir a 101 km/h, excediendo la limitación genérica de 90 km/h“. El sancionado, indignado, asegura que circula cada día por motivos de trabajo por esa carretera y lo hace siempre por debajo de los límites de la vía porque conoce la existencia del radar. Él lo asegura… y la notificación de la multa ratifica sus palabras.
En esta multa, nuevamente como protagonista, una furgoneta multada por superar el límite de velocidad establecido para la vía. Hasta ahí, como en el caso anterior, aparente normalidad.
Hasta ahí, porque la furgoneta viaja por la vía, sí, pero por el carril derecho mientras otro coche le adelanta por el izquierdo. La propia foto de la multa no deja lugar a dudas. Nuevamente, en la notificación de la multa, la gran excusa: Imagen captada automáticamente.
Normalmente, la DGT cuando aparecen dos vehículos en la foto y no es uno de los nuevos radares que pueden detectar la velocidad de varios vehículos a la vez (no es este el caso) procede a desechar la foto.
El Servei de Trànsit (Cataluña tiene las competencias transferidas en esta materia) formula la denuncia automáticamente a partir de la foto y, según afirman fuentes “bien informadas”, en supuestos como este, mandan la sanción… ¡a los dos vehículos! Como dicen algunos, parece ser que se aplica aquello del “mejor que zozobre…”
Consultamos a nuestro experto de :DriveSmart en esta materia y señala que, en cuanto a la foto en sí, es obvio que la medición del radar obedece al vehículo que aparece centrado en la imagen y que está efectuando una maniobra de adelantamiento. Es decir, el todoterreno Dacia que circula por el carril de la izquierda es el que el radar detecta que excede la velocidad máxima permitida de la vía.
J.A.D., el conductor de la furgoneta Peugeot, ya ha recurrido la multa presentando un escrito de alegaciones, al que ha adjuntado la copia de la comunicación de la infracción así como la foto, solicitando la anulación de la sanción y el archivo del expediente. Y lo ha hecho porque:
Tras el recurso, toca esperar. En casos tan obvios como este, normalmente se retira la sanción, aunque hay ocasiones que, por no reconocer el error, la autoridad sancionadora deja que simplemente prescriba.
El efecto para el conductor es el mismo: NO la paga. El efecto de cara a los medios y opinión pública es bastante diferente…
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