¡Alto! Control de alcoholemia. ¿Cómo es y qué hacer?

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Es de noche… o de día. Regresas a casa: a la tuya, a la de tu novi@, a la de un amig@… Da igual. Has tomado una copa. Quizá dos. ¿O eran tres? Giras en un cruce y, de repente, ves a un agente. Te indica que te detengas. Se trata de un control de alcoholemia. ¿Sabes, realmente, qué debes hacer en estos casos?

Si bebes, no conduzcas

Vaya por delante que aquello que suena tan antiguo del “si bebes, no conduzcas” puede no estar de moda pero es tan, tan cierto…. El alcohol no es buen compañero de viaje, por lo que procura no ponerte al volante si lo has consumido, si la app :DriveSmart tuviese la posibilidad de salir de tu teléfono y quitarte las llaves en ese momento no dudes que lo haría.

Esto no significa que, si quieres tomarte una copa (o dos) no lo hagas, pero busca opciones a jugártela en el coche arriesgando tu propia vida. Opta por dejar el coche aparcado y aprovéchate de un amigo (que para eso están, ¿no?) que no haya bebido y te acerque; o túrnate con un par de amig@s o tu novi@ para que cada uno se responsabilice, cuando le toque, de conducir sin beber. Si no, siempre te queda la opción del taxi, mucho más barata que una multa y mucho más segura que ir al volante ebrio.

El policía da el alto y…

Tras la parada ante el agente que te da el alto, ¿qué sucede? ¿Cómo y qué se debe hacer ante una prueba de control de alcoholemia?

El primer consejo pasa por mantener un comportamiento adecuado. Las buenas formas y la educación facilitan la comunicación con el agente encargado de la prueba. Pero ahí no termina la importancia de comportarse correctamente. Lo que casi nadie sabe es que el policía redacta, dentro de un atestado por alcoholemia, lo que se conoce como la “diligencia de síntomas” que presenta el conductor.

¿Qué es la diligencia de síntomas?

En la diligencia de síntomas el agente describe no solo si el comportamiento del conductor es adecuado sino también cuál es su aspecto físico personal (si es arreglado o más bien, desaliñado), pasando por el estado de sus pupilas (si están o no dilatadas) hasta si habla o no con normalidad (si razona y es coherente). Todas estas observaciones pueden ser utilizadas como pruebas en un juicio por conducir bajo la influencia del alcohol.

La negación de un conductor a someterse a un control de alcoholemia se considera delito

Realizar la prueba de alcoholemia, obligatorio

Someterse al control de alcoholemia es obligatorio. Legalmente obligatorio. Por ello, negarse constituye un delito. Concretamente, un delito de desobediencia que se acumulará al delito contra la seguridad vial si el resultado obtenido en la prueba es superior a los 0.60 mg/l de alcohol en aire espirado. No soplar con la suficiente intensidad u otro truco similar también puede se puede considerar como negativa (y, por lo tanto, delito), así que… Siempre que te pidan realizar un control, colabora. Si no lo haces, quien más pierde eres tú.

Si el resultado de la prueba de alcoholemia es positivo…

Es decir, si supera los 0.25 mg/l… el conductor tiene derecho a una segunda prueba para contrastar el resultado. Para realizar la segunda tentativa han de transcurrir 10 minutos, como mínimo. Si también resulta positiva, se puede solicitar un análisis de sangre.

Eso sí, el coste del análisis de sangre lo pagará el conductor si el resultado es positivo. La experiencia demuestra que el valor obtenido en los análisis es superior al que indica el alcoholímetro por lo que, de no estar completamente seguros de que se trata de un falso positivo, lo más aconsejable es prescindir de él.

La tasa de alcoholemia, importante

Si la tasa que presenta el conductor supera los 0.60 mg/l en el etilómetro (0,65 mg/l, aplicando el margen de error del instrumento), el atestado se remite al juzgado puesto que se trataría de un delito contra la seguridad vial. Lo mismo ocurre en el caso de un conductor que ha provocado un accidente o infracción reglamentaria que indique una conducción peligrosa, circunstancia en la que basta con un resultado de 0.40 (0.45 mg/l)

La tasa máxima permitida, 0.25 mg/l

La tasa máxima permitida de alcohol en aire espirado para los conductores es de 0.25 mg/l, por lo que, si el resultado de la prueba indica una tasa entre 0.25 y 0.50 mg/l (0.15 hasta 0.30 mg/l en profesionales dedicados al transporte de mercancías y conductores noveles con menos de dos años de experiencia), se trata de una infracción por la que, además de la multa le corresponde una pérdida de 4 puntos.

A partir de una tasa de 0.60 mg/l, delito

Si la tasa es superior a 0.50 mg/l (y menor a 0.60 mg/l, que se considera delito) y, en el caso de los profesionales y titulares del permiso de conducción con menos de dos años de carné 0.30 mg/l, además de la multa que le corresponda, se le retiran 6 puntos del carné de conducir.

 

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4 comentarios en “¡Alto! Control de alcoholemia. ¿Cómo es y qué hacer?”

  1. Perfectamente explicado. Siempre hay que tener en cuenta que las tasas de alcoholemia pueden modificarse con el tiempo y siempre tienden a la baja. Un saludo

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