¿Me pueden multar si adelanto en ciudad al camión de la basura?

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En una calle de doble sentido, con línea continua, si me encuentro con el camión de la basura recogiendo contenedores, ¿lo puedo rebasar? ¿Cuándo sí y cuándo no?

Como norma general, nunca se puede adelantar a un vehículo en circulación cuando haya que rebasar una línea continua. Sin embargo, echemos un ojo al Reglamento General de Circulación. En sus artículos 88 y 89, es donde se recogen estos supuestos.

ARTÍCULO 88. Vehículos inmovilizados

“Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general”.

Por lo tanto sí. Siempre y cuando la inmovilización no venga impuesta por las condiciones del tráfico. Es decir que esté parado por un atasco, o en un semáforo o ante la orden de un agente de tráfico. Y que haya unas condiciones idóneas para realizar la maniobra sin peligro.

Además, es interesante que acudamos de nuevo al Reglamento General de Circulación para ampliar la información no solo en lo que a vehículos como tal se refiere. Sino también a cualquier tipo de obstáculo.

ARTÍCULO 89. Obstáculos

“Igualmente, en las circunstancias señaladas en el artículo anterior, todo vehículo que encuentre cualquier obstáculo en su camino que le obligue a ocupar el espacio dispuesto para el sentido contrario de su marcha, podrá rebasarlo siempre que se haya cerciorado de que puede efectuarlo sin peligro. La misma precaución se observará cuando el obstáculo o el vehículo inmovilizado se encuentren en un tramo de vía en el que esté permitido el adelantamiento“.

Es decir, se puede rebasar la línea continua. Siempre y cuando la maniobra la puedas realizar sin ponerte en peligro ni a ti mismo ni al resto de usuarios de la vía.

En resumen, si un vehículo está totalmente parado y las circunstancias de seguridad permiten el adelantamiento, lo puedes realizar sin problemas. Aunque para ello debas rebasar una línea continua e invadir la parte del carril contrario.

Sin embargo, si el vehículo se encuentra en movimiento, aunque circule a 1 km/h, no se puede adelantar atravesando una línea continua. Con las excepciones de realizarlo a bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal.

Por último, la recomendación :DriveSmart por si se te plantea en el día del examen práctico de conducir. Usa la cabeza y sé paciente. Y, en caso de que preveas que la parada del vehículo será larga, pregunta al examinador si debes rebasar o no al camión.

Si la respuesta es afirmativa, y puedes realizar la maniobra con total seguridad, adelante. Si el examinador duda, te dice que lo valores tú, o te dice que no, echa el freno y espera.

 

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