Bicicleta, tabla de snow, esquís… ¿Prohibido llevarlos dentro del coche?

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Soy asiduo a la práctica de varios deportes como son el ciclismo y el snowboard y tengo una duda con la que, según a qué autoridad le pregunte, obtengo respuestas diferentes. La duda es acerca del transporte en el interior del coche de bicicletas, tablas de snow y esquís: ¿Puedo llevarlas dentro del coche siempre y cuando vayan amarradas de manera que no sea posible su desplazamiento en caso de frenada o colisión? ¿O está totalmente prohibido?

En principio, si caben en el maletero, es la mejor opción y la más recomendable, aunque la menos viable normalmente por cuestión de tamaño. De no ser así, la alternativa pasa por trasladarlos en un cofre o en un portaesquís.

Si ambas opciones se desechan el último recurso es transportarlos en el interior del habitáculo. En respuesta a tu pregunta sí podrás llevarlos ya que no está prohibido pero siembre deberás colocarlos bien sujetos y sin posibilidad de movimiento (de hecho, algunos vehículos tienen bolsas homologadas para esquís que deben ir bien sujetas dentro del habitáculo), de manera que en caso de accidente no ocasione lesiones a los ocupantes.

Cabe recordar que ante un impacto a tan solo 50 km/h puede provocar consecuencias muy graves si se llevan objetos sueltos en el habitáculo. De ahí la importancia de que todo lo que se traslade (da igual si son bicicletas, esquís, tablas de snow o equipaje) esté bien sujeto. Por eso, la recomendación pasa por la utilización de bolsas homologadas para evitar cualquier tipo de problema y riesgos. Mientras que de no ser así, en el resto de casos, habrá que valorar cada situación en particular.

 

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3 comentarios en “Bicicleta, tabla de snow, esquís… ¿Prohibido llevarlos dentro del coche?”

  1. Me pueden multar por no llevar la pegatina de la ITV visible y llevarla en la guantera del vehiculo debidamente en vigor. Me pueden obligar a ponerla? De ser asi, de cuanto seria la cuantia de la multa?

  2. Hola buenos días soy conductor de autobús profesional en mayo hice la renovación del CAP con el curso de 35 horas el CAP me caducaba en junio ahora en septiembre la empresa todavía no nos ha dado el carnet nuevo seguimos circulando con el viejo ya caducado. ¿Me pueden sancionar por ello?
    Muchas gracias.
    Un saludo

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