¡Alto! Control de drogas: ¿Cómo es y qué hacer?

4 comentarios hasta ahora

La fórmula “fin de semana + jóvenes” es una de las grandes preocupaciones de los últimos años en relación a la carretera y la conducción. El porqué lo encontramos en el resultado que arroja la suma: un aumento del número de accidentes de tráfico. Pero, ¿cuál es la causa que da lugar a que la ecuación “fin de semana + jóvenes = incremento de accidentes de tráfico parezca cumplirse”?

Consumo de alcohol y drogas

La razón no es que l@s chic@s conduzcan peor un sábado que un miércoles sino que, en muchas ocasiones, el alcohol se cuela en la fórmula. En otras tantas, lo hacen las drogas.

Prácticamente todos conocemos cómo son los controles de alcoholemia, pero… ¿cómo son los controles de drogas?

¡Alto! Control de drogas

En primer lugar, debemos tener presente que el objetivo de este tipo de controles es detectar el consumo reciente de drogas, puesto que es el que más afecta a la conducción. A diferencia de la prueba de alcoholemia, que una prueba centrada en la concentración de alcohol consumido, la prueba de control de drogas es de mera detección de consumo. Para realizar esta prueba se puede recurrir tanto a la saliva como a la sangre. Sin embargo, los controles de drogas en España suelen optar por la muestra de saliva porque resulta menos invasiva (y menos cara) que una analítica de sangre.

Aunque el consumo reciente de drogas se detecta en la saliva y la sangre, cuando han transcurrido varias horas, la droga pasa a localizarse en la orina y el sudor durante varios días. En el caso del consumo de drogas crónico o a largo plazo se detecta a través de las muestras en uñas y pelo.

El control de drogas, paso a paso

1. Prueba de saliva

El protocolo establece que, en primer lugar, se realice una prueba de alcoholemia. A continuación, se toma una muestra de saliva con unos dispositivos especiales. A esta toma se la llama “indiciaria” y su objetivo es detectar o descartar la presencia  de sustancias ilegales.

2. Si la toma indiciaria es positiva…

Si el test arroja un resultado positivo en algún tipo de sustancia, se recoge una segunda muestra de saliva. En este caso (al igual que ocurre en la prueba de alcoholemia), el conductor no puede volver a ponerse al volante de su coche. Si lo desea, puede esperar y someterse a otra prueba pasado un tiempo.

3. Mientras tanto, los agentes…

Siguiendo un cuestionario previamente establecido, realizan una observación de los signos externos que presenta el conductor, como nerviosismo, sudoración, euforia, habla dificultosa o temblores, entre otros.

4. Envío de la segunda muestra al laboratorio

La segunda muestra de saliva se envía al laboratorio toxicológico, con preservación de la cadena de custodia, para garantizar que durante el transporte no sufre ninguna manipulación. Una vez allí, se realiza la prueba “evidencial”, es decir, se confirma la sustancia o sustancias ingeridas y su cantidad.

5. La prueba de sangre, a petición del conductor

Si el conductor lo desea, puede solicitar que se le haga un análisis de sangre como prueba de contraste. Este se realizará por personal sanitario en un centro hospitalario o de salud, aunque la muestra se analizará en el Instituto Nacional de Toxicología. Si el resultado es positivo, es el solicitante quien deberá asumir los gastos.

6. El expediente

Los resultados del laboratorio toxicológico se unen al informe del agente de la Guardia Civil, y se inicia el correspondiente expediente, bien en vía administrativa, bien en vía judicial.

 

Lo que dice la Ley…

El artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción tras el consumo de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia ilegal de efectos análogos.

Si el conductor da positivo en el control, pero no presenta síntomas, la sanción es administrativa: multa de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir.

Si además de dar positivo en el test de saliva, el conductor presenta alguno de los síntomas de estar bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas (nerviosismo, sudoración, habla dificultosa…), se enfrentará a un delito tipificado en el artículo 379. 2 del Código Penal. Este establece penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses (que se concreta en una sanción cuya cuantía depende de la capacidad económica del condenado) o bien a trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días; y, en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años.

 

¡No digas no a los controles!

El artículo 383 del Código Penal establece que el conductor que se niegue a someterse a los controles de alcohol y drogas, será castigado con penas de prisión de 6 meses a 1 año, y privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años.

Los conductores :DriveSmart somos seguros, sociales y sostenibles al volante y tenemos Recompensas por ser buenos conductores. ¡Engánchate a nosotros!

 

Descarga y prueba ahora DriveSmart 

botones de descarga

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

4 comentarios en “¡Alto! Control de drogas: ¿Cómo es y qué hacer?”

  1. Hola buenas, ¿alguien sabria decirme en quÉ plazo máximo tienen que mandar el resultado del laboratorio? No lo veo por ningÚn sitio. Ha pasado casi un año y no me ha llegado nada.

  2. Hola potreros. Estamos bien jodidos con esta ley, no hay derecho, o sea, si a un agente de la autoridad se le pone en la p****, llevar a una persona por tener una sustancia en el cuerpo dando positivo pero sin estar bajo los efectos de la droga, te lleva al juicio sin más. Esto es la manera de criminalizar a todos los conductores que se drogan aunque no estén bajo los efectos de la droga. Esto no se puede permitir.
    Que le quiten a una persona por ir fumado sin infringir ninguna ley es criminal y salvaje. No hay derecho. Estas pruebas de drogo test son una muestra de si se ha consumido o no. Y no como debería ser, como en el alcohol que marca la cantidad que tienes.
    Nos quieren presos a todos los fumetas. Un saludo y espero de veras que cambien esta ley y no le quiten el carné como me lo han quitado a mí. Encima, en el atestado han puesto que iba haciendo zig-zags, cosa que no es cierta. ¿Quién controla a la policía en estos casos? Bueno en este caso ha sido la Ertzaintza.

Buscar en nuestro blog

Histórico